BASES LEGALES

BASES LEGALES

BASES  DE CONCURSO

“CANTA  POR ENTRADAS PARA LOLLAPALOOZA 2025 CON OMODA & JAECOO CHILE”

En Santiago de Chile, a  de enero de 2025, CHERY OMODA & JAECOO MOTOR SpA, Rol Único Tributario N° 77.737.328-5, debidamente representado por representada por don Cheng Zhang, Pasaporte de la República Popular de China N° EK668598, y por don Jason Wang,  Pasaporte de la República Popular de China N° EL7754213, todos con domicilio en Alonso de Córdova 4355, Piso 5, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, en adelante el “Organizador”, ha establecido las siguientes bases que regirán el concurso denominado “CANTA POR ENTRADAS PARA LOLLAPALOOZA 2025 CON OMODA & JAECOO CHILE”, en adelante e indistintamente el “Concurso”. El concurso se regulará de acuerdo a los términos y condiciones establecidas en este documento, en adelante las “Bases”:

PRIMERO: Antecedentes generales.

  1. El Organizador es una sociedad filial del grupo empresarial Chery Automobile, y es representante y distribuidor exclusivo en Chile de los vehículos marca Omoda (en adelante, indistintamente “Omoda” o la “Marca”).
  2. El Organizador, dentro de su plan de marketing, promoción y publicidad de los productos que distribuye y comercializa, desarrollará el presente Concurso para sortear entradas al festival Lollapalooza Chile 2025 (en adelante, “Lollapalooza” o el “Evento”).

SEGUNDO: Requisitos para concursar.

Podrán participar en el Concurso todas aquellas personas, que durante el Plazo de Vigencia den cumplimiento a lo establecido en la cláusula Sexta y Séptima, y cumplan con los siguientes requisitos copulativos (en adelante, los “Participantes”):

  1. Ser mayor de 18 años a la fecha de participar en el Concurso.
  2. Ser chileno, o tener residencia temporal o definitiva en el país.
  3. Los Participantes sólo pueden participar una vez.
  4. Tener una cuenta personal de Instagram, pública.
  5. Seguir en Instagram las cuentas @omoda.chile y @jaecoo.chile

TERCERO: Exclusiones

  1. No podrán participar en el Concurso, no obstante reunir los requisitos señalados en la cláusula anterior:
    1. Los trabajadores de Chery, Omoda & Jaecoo Motor SpA y demás sociedades del Holding Chery Automobile, sean estas sociedades matrices, filiales o coligadas, ni sus cónyuges y/o parientes por afinidad y consanguinidad en toda la línea recta y colateral hasta el segundo grado inclusive, ya que sea que lo hagan en nombre propio y/o de terceros.
    2. Los trabajadores de agencias o empresas externas que colaboren con el desarrollo del Concurso, ni las agencias publicitarias, ni sus cónyuges y/o parientes por afinidad y consanguinidad en toda la línea recta y colateral hasta el segundo grado inclusive, ya que sea que lo hagan en nombre propio y/o de terceros.
    3. Los Concesionarios que mantengan una relación comercial con el Organizador, sus directores, trabajadores, sus cónyuges y/o parientes por afinidad y consanguinidad en toda la línea recta y colateral hasta el segundo grado inclusive, ya que sea que lo hagan en nombre propio y/o de terceros.
  2. El Organizador se reserva el derecho de eliminar a cualquier Participante o ganador del Concurso que considere ha empleado métodos ilegítimos, o que cuente con la ayuda de terceros o sistemas tecnológicos para burlar los mecanismos y espíritus del presente Concurso.
  3. El Organizador se reserva el derecho a eliminar a cualquier Participante o ganador del Concurso que incumpla alguna de los términos y condiciones establecidos en las presentes Bases del Concurso.

CUARTO: Vigencia del Concurso

  1. El concurso estará vigente desde las 17:00 horas del 07 de enero de 2025 hasta las 17:00 horas del 17 de marzo de 2025. (el “Plazo de Vigencia”).
  2. El plazo será fatal y, en consecuencia, con posterioridad a las fechas y horas mencionadas, no se admitirán más participaciones en el Concurso, aun cuando haya continuado exhibiéndose material publicitario del Concurso, sea en redes sociales, en páginas web u otro medio o plataforma de comunicación, audiovisual, escrito, digital, físico o en cualquier plataforma o soporte.
  3. El Organizador se reserva el derecho a modificar o extender el Plazo de Vigencia del Concurso, como asimismo a poner término anticipado al mismo, en cualquier momento, por motivo plausible, sin perjuicio de no estar obligado a expresarlo. En cualquiera de dichas situaciones, se informará oportunamente a los Participantes, a través de medios oficiales del Organizador, tales como su página web, redes sociales, o cualquier otro medio que determine el Organizador.

QUINTO: Territorio.

El Concurso tendrá aplicación en todo el territorio de Chile. 

SEXTO: Mecanismo de participación.

Para participar en el Concurso, los Participantes deberán realizar las siguientes actividades:

  1. Grabar un video con el filtro de Omoda & Jaecoo en la red social de Tik Tok @omodajaecoo.chile
  2. Publicar el video en el feed de Tik Tok el que deberá ser público, y etiquetar a la cuenta @omodajaecoo.chile
  3. El Organizador velará por el cumplimiento de la ley, la moral y las buenas costumbres en el desarrollo del Concurso y la entrega del premio. Por ello, no se permitirá la publicación de comentarios que sean obscenos, violentos, inciten al odio o falten el respeto a personas, autoridades o instituciones.
  4. El Organizador se reserva el derecho de revisar y eliminar cualquier comentario que infrinja estas normas o, en su caso, descalificar al participante del Concurso.

SÉPTIMO: Proceso de selección del ganador

  1.  El 17 de marzo de 2025 se realizará la selección de los Participantes ganadores (6), quienes logren hacer el menor tiempo en el filtro de Tik Tok, esto será mediante un sorteo de forma aleatoria, de acuerdo a la herramienta que al efecto disponga el Organizador.
  2. El Organizador se contactará con los ganadores a través de un mensaje directo a través de la red social de Tik Tok.
    Asimismo, se publicarán los ganadores en los perfiles de Instagram @omoda.chile y @jaecoo.chile, sin perjuicio de poder publicarse en otros medios, plataformas, o redes sociales, en cualquier formato, sea digital, físico, escrito, audiovisual u otro.
  3. Una vez contactado el Participante ganador, este tendrá un plazo de 24 horas para responder, enviar copia de su cédula de identidad y suscribir el Acta de Recibo de Premio, cuyo formato se adjunta como Anexo N°1 a las presentes Bases de Concurso. En caso contrario, el Organizador podrá declarar desierto el Concurso, o realizar un nuevo proceso de selección de ganador.
  1. Una vez contactado y confirmado el Participante ganador, la entrega del premio se realizará en un plazo de 24 horas de forma digital previa coordinación con el Participante ganador.

OCTAVO: Premio.

  1. El Organizador ha dispuesto, para ser entregados por el presente Concurso un total de 12 entradas generales para el festival Lollapalooza Chile 2025. Cada ganador recibirá una entrada doble (es decir, dos entradas) para un día de festival (en adelante, los Premios). La distribución de los Premios será la siguiente:
    1. Se seleccionarán 2 ganadores, cada uno de los cuales recibirá 2 entradas generales para el Evento del día viernes 21 de marzo de 2025.
    2. Se seleccionarán 2 ganadores, cada uno de los cuales recibirá 2 entradas generales para el Evento del día sábado 22 de marzo de 2025.
    3. Se seleccionarán 2 ganadores, cada uno de los cuales recibirá 2 entradas generales para el Evento del día domingo 22 de marzo de 2025.
  2. Los Premios no podrán ser canjeados por el Participante ganador por dinero, ni ningún otro bien. Asimismo, se deja expresa constancia que los ganadores no podrán solicitar el cambio de la fecha de sus entradas asignadas de manera aleatoria por el organizador.
  3. El impuesto a la renta, así como cualquier otro impuesto, tasa, contribución, o cualquier tributo en general que se derivare del Premio para el ganador, será de su cargo y de su exclusiva responsabilidad, sin que corresponda al Organizador responsabilidad alguna en ello.
  4. La entrega de los Premios será efectuada única y exclusivamente al Participante que haya resultado ganador, y no podrá ni podrán ser cedidos a terceros.

NOVENO: Obligaciones del Participante.

  1. Los Participantes declaran y garantizan que la información, materiales, contenidos u observaciones que no sean de su propiedad y que sean ingresados con el fin de participar en este Concurso, no infringen los derechos de propiedad intelectual de terceros, no se refieren a datos personales de terceros y no infringen en general otra disposición legal. 
  2. El Participante que resulte ganador se obliga a aceptar el Premio en los términos indicados por el Organizador y a coordinar su entrega dentro del plazo que éste señale, debiendo cumplir con todas las obligaciones señaladas en las presentes Bases. Para ello, deberá proporcionar al Organizador toda la información y/o documentación que se estime necesaria, incluyendo, pero no limitado a, su nombre completo, RUT y/o copia de su cédula de identidad vigente.
  3. Será responsabilidad del ganador utilizar, aplicar y destinar el Premio que reciba al uso, goce y destino que naturalmente le corresponden.
  4. El ganador se obliga a participar sin costo alguno en las actividades publicitarias o promocionales que el Organizador estime pertinentes, en el marco y con ocasión de este Concurso, autorizando el uso de su nombre, imagen y/o voz para dichos fines, de conformidad con la legislación chilena y sin que ello implique la obligación de pago o contraprestación adicional.
  5. El Participante ganador no podrá efectuar declaraciones, realizar conductas o llevar a cabo acciones u omisiones que lesionen los intereses del Organizador, su reputación comercial y la de los productos que comercializa y distribuye, así como a sus directivos y trabajadores.
  6. La participación en el Concurso y la aceptación del Premio implica la renuncia expresa por parte del ganador a formular cualquier tipo de reclamo o acción en contra del Organizador por hechos relacionados con el festival Lollapalooza Chile 2025, debiendo dirigir cualquier solicitud o requerimiento a los organizadores del evento.

DÉCIMO:  Gastos y responsabilidades.

  1. El Organizador no se hace responsable de la pérdida, deterioro, o robo de los Premios objeto de estas bases.
  2. El Organizador no se hace responsable por los gastos asociados a la participación en el Concurso, tales como gastos de movilización, viajes, traslados, y todos sus trámites y gastos asociados, cualquiera sea su naturaleza o especie, siendo dichos gastos responsabilidad exclusiva del Participante o ganador.
  3. El Organizador no será responsable por los daños y perjuicios que pudiera sufrir el ganador o terceros, en sus personas o bienes, con motivo o en ocasión de la participación en el Concurso y/o con motivo o con ocasión del retiro de los Premios y/o utilización de los mismos.
  4. El Organizador cumple íntegramente con su obligación al entregar los Premios a los ganadores en los términos establecidos en estas Bases. En consecuencia, el Organizador no será responsable por la suspensión, modificación, reprogramación o cancelación del festival Lollapalooza Chile 2025, ni por cualquier cambio en las condiciones de acceso, organización, desarrollo o prestación de servicios del evento, los cuales son de exclusiva responsabilidad de los organizadores del festival.
  5. Asimismo, el Organizador no será responsable por accidentes, daños, pérdidas, robos, hurtos, problemas de acceso, fallas en la logística, cambios en la parrilla de artistas, restricciones sanitarias, condiciones climáticas adversas o cualquier otro hecho que ocurra durante el desarrollo del festival y que pueda afectar la experiencia del ganador y su acompañante.

UNDÉCIMO: Tratamiento de datos personales.

  1. Mediante la aceptación expresa de estas Bases, el Participante, en su calidad de titular de los datos personales que entrega al Organizador al inscribirse en el Concurso, consiente y autoriza expresamente al Organizador a realizar el tratamiento de dichos datos personales, conforme a la Ley N°19.628 sobre Protección de la Vida Privada y demás normativa aplicable.
  2. El Organizador actúa sobre la base de que los datos entregados por los concursantes son veraces y han sido proporcionados de buena fe por el propio titular. En tal sentido, el Organizador no será responsable de cualquier infracción o consecuencia derivada de la ilicitud, ilegitimidad, alteración, mal uso, usurpación de identidad, fraude o sanción que pudiera resultar de la información que le haya sido entregada.
  3. Los titulares que resulten ganadores de este Concurso autorizan al Organizador a divulgar su nombre, fotografía y/o videos de su persona, ya sea publicando que han participado o que han obtenido el premio, siempre que ello se realice en el marco de la promoción de este Concurso y sin que ello implique pago o indemnización alguna.
  4. El Organizador podrá compartir los datos personales de los concursantes con empresas del grupo Chery Automobile y con terceros, con el objeto de realizar cruces de información con otras bases de datos y llevar a cabo acciones de marketing. Asimismo, el Organizador podrá usar los datos para:
    1. Comunicación de promociones, información de productos, beneficios, concursos, ofertas, eventos, actividades y otros bienes o servicios complementarios a través de medios tecnológicos.
    2. Envío de encuestas de satisfacción a través de medios tecnológicos.
    3. Envío de encuestas de estudio de mercado a través de medios tecnológicos.}
    4. Realización de algoritmos de similitud (lookalike) en Facebook, Google u otras plataformas digitales.
    5. Realización de análisis de consumo, preferencias y tendencias de mercado.
    6. Realización de análisis de clusterización, segmentación, agrupaciones y de machine learning.
    7. Envío de comunicaciones a través de medios tecnológicos para actualización de términos y condiciones.
    8. En general, realizar publicidad y prospección comercial.
  5. El Organizador mantendrá el registro de los datos personales recopilados en virtud de este Concurso, como respaldo de la realización del mismo.
  6. En el evento que los concursantes requieran información de sus datos personales, rectificarlos, o ejercer los demás derechos que contempla la Ley N°19.628, deberán contactarse con el Organizador mediante el envío de un correo electrónico a __@____. 

DUODÉCIMO: Modificación de las Bases.

El Organizador se reserva el derecho de modificar las presentes Bases, en cualquier momento, y sin necesidad de expresar causa. Las modificaciones que realice el Organizador surtirán efectos una vez publicadas o protocolizadas, sin perjuicio de que en el respectivo instrumento se indique una fecha distinta de entrada en vigencia, que, en todo caso, no podrá ser anterior a su publicación o protocolización.

DÉCIMO TERCERO: Interpretación de las Bases.

El Organizador se reserva el derecho para interpretar y determinar el sentido y alcance de estas bases, en caso de dudas y/o conflictos que se suscitaren sobre su contenido y aplicación.

DÉCIMO CUARTO: Aceptación de las Bases.

  1. La participación en este Concurso requiere el conocimiento y aceptación de estas Bases. En consecuencia, las personas que participen en el Concurso, por el hecho de su sola participación, aceptan formalmente todas y cada una de las disposiciones establecidas en las presentes Bases.
  2. Las presentes Bases estarán disponibles, en todo momento, en ______, y se encuentran protocolizadas en la ___ Notaría de Santiago de don ______. En caso de sufrir modificaciones, se comunicará oportunamente a los Participantes y público genera, y dichas modificaciones se publicarán y protocolizarán de igual manera.

DÉCIMO QUINTO: Autorización.

Los Participantes ganadores del Concurso, al aceptar las presentes Bases y suscribir el Acta de Recepción de Premio (Anexo N°1), autorizan expresamente e irrevocablemente al Organizador para difundir su imagen y nombre, en el marco de las actividades de promoción, publicidad o marketing que éste realice. En virtud de lo anterior, el Organizador podrá comunicar su identidad, grabar, filmar y/o fotografiar a los ganadores, así como exhibir, reproducir y/o publicar dichas grabaciones, filmaciones o fotografías en redes sociales, sitios web o en cualquier otro medio o plataforma, ya sea audiovisual, escrito, digital o físico, sin que ello genere derecho a pago o indemnización alguna para los ganadores.

DÉCIMO SEXTO: Reserva de acciones.

El Organizador se reserva el derecho a iniciar las acciones legales que procedan frente a cualquier irregularidad que se pueda detectar, que se haya realizado en, o con ocasión del presente Concurso.

DÉCIMO SÉPTIMO: Ley aplicable y jurisdicción.

Toda relación que en virtud de este Concurso se genere entre cualquiera de los Participantes y el Organizador, se regirá con total sujeción a las leyes de la República de Chile y serán competentes para dirimir cualquier controversia o procedimiento legal los Tribunales Ordinarios de Justicia de la ciudad de Santiago, cualquiera sea la causa de la acción o el reclamo, con renuncia expresa de los Participantes del Concurso a cualquier otra jurisdicción que pudiera corresponderles.

DÉCIMO OCTAVO: Consultas y reclamos.

Las consultas o reclamos que requieran presentar los Participantes, que se refieran al presente Concurso, deberán ser dirigidas al correo electrónico contacto@omoda.cl

ANEXO N°1 DE BASES DE CONCURSO 

“_______________________” 

ACTA DE RECIBO DE PREMIO, RENUNCIA DE ACCIONES Y DERECHO A USO DE IMAGEN 

En ________________, a ___de ____________de __________.

____________________________, de nacionalidad _________________, mayor de edad, estado civil _______________, profesión u oficio_______________, cédula nacional de identidad N°_________ __, domiciliado en _________________________________, de la ciudad de ________________, declaro que:

  1. Tras haber leído, entendido y aceptado las bases del concurso, he participado en el concurso denominado “_________” (en adelante, el Concurso), desarrollado por CHERY, OMODA & JAECOO MOTOR SpA (en adelante, el Organizador”).
  2. He dado cumplimiento en todo momento, a todas las cargas, obligaciones, declaraciones, y en general a todas las disposiciones de las Bases del Concurso.
  3. El Organizador me contactó oportunamente para comunicarme el hecho de haber sido seleccionado ganador del Concurso.
  4. Cumplo con todas los requisitos para ser seleccionado ganador del Concurso, y me obligo expresamente a cumplir con las obligaciones que he asumido al aceptar las Bases del Concurso.
  5. Con fecha de hoy, he recibido de parte del Organizador, el siguiente premio: ________________, el cual declaro recibir a mi completa conformidad, sin tener reclamo alguno que formular al Organizador.
  6. Mediante el presente instrumento acepto y me comprometo a participar de las actividades, promociones, eventos, programas o difusión que el Organizador determine, prestando mi colaboración con el objeto de favorecer la difusión de la obtención del premio por los medios que el Organizador indique.
  7. Autorizo desde ya expresamente al Organizador, a utilizar la información recaudada mediante el Concurso y a difundir mi nombre e imágenes mediante la toma de fotografías y/o videos, vinculadas a mi participación en el Concurso, renunciando a recibir cualquier compensación, sea en dinero o en especie.
  8. Que acepto el Premio dada mi participación legítima en el Concurso, por lo que cualquier comprobación de que la información entregada por mi parte con motivo del Concurso fuera incorrecta o falsa, hará que el Premio sea devuelto al Organizador, junto con los daños y perjuicios que correspondan, aceptando que el Organizador. podrá seguir en mi contra todo tipo de acciones civiles, penales y administrativas que pudieran corresponder

De esta forma y habiendo recibido a entera satisfacción y conformidad el Premio antes señalado, vengo en renunciar expresa e irrevocablemente a toda acción, cualquiera sea su naturaleza, infraccional, civil o penal, que pudiere asistirme con motivo del Concurso, desarrollado por CHERY, OMODA & JAECOO MOTOR SpA.

Acredito mi identidad con la exhibición y entrega de una copia de mi Cédula de Identidad, el cual se entiende parte integrante del presente instrumento.

Firma: ____________________________

Nombre completo: ____________________________ 

Cédula de identidad: ____________________________ (adjuntar copia)

BASES DE CONCURSO 

“GANA ENTRADAS PARA LOLLAPALOOZA 2025 CON OMODA & JAECOO CHILE”

En Santiago de Chile, a 30 de enero de 2025, CHERY OMODA & JAECOO MOTOR SpA, Rol  Único Tributario N° 77.737.328-5, debidamente representado por representada por don Cheng  Zhang, Pasaporte de la República Popular de China N° EK668598, y por don Jason  Wang, Pasaporte de la República Popular de China N° EL7754213, todos con domicilio en  Alonso de Córdova 4355, Piso 5, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, en adelante el  “Organizador”, ha establecido las siguientes bases que regirán el concurso denominado  “GANA ENTRADAS PARA LOLLAPALOOZA 2025 CON OMODA & JAECOO CHILE”, en adelante  e indistintamente el “Concurso”. El concurso se regulará de acuerdo a los términos y  condiciones establecidas en este documento, en adelante las “Bases”: 

PRIMERO: Antecedentes generales. 

  1. El Organizador es una sociedad filial del grupo empresarial Chery Automobile, y es representante y distribuidor exclusivo en Chile de los vehículos marca Omoda (en  adelante, indistintamente “Omoda” o la “Marca”). 
  2. El Organizador, dentro de su plan de marketing, promoción y publicidad de los  productos que distribuye y comercializa, desarrollará el presente Concurso para  sortear entradas al festival Lollapalooza Chile 2025 (en adelante, “Lollapalooza” o el  “Evento”). 

SEGUNDO: Requisitos para concursar. 

Podrán participar en el Concurso todas aquellas personas, que durante el Plazo de Vigencia  den cumplimiento a lo establecido en la cláusula Sexta y Séptima, y cumplan con los  siguientes requisitos copulativos (en adelante, los “Participantes”): 

  1. Ser mayor de 18 años a la fecha de participar en el Concurso. 
  2. Ser chileno, o tener residencia temporal o definitiva en el país. 
  3. Los Participantes sólo pueden participar una vez. 
  4. Ser dueño de un vehículo Omoda o Jaecoo (usado o nuevo) 
  5. Tener una cuenta personal de Instagram, pública. 
  6. Seguir en Instagram las cuentas @omoda.chile y @jaecoo.chile 

TERCERO: Exclusiones 

  1. No podrán participar en el Concurso, no obstante reunir los requisitos señalados en la  cláusula anterior: 
  2. Los trabajadores de Chery, Omoda & Jaecoo Motor SpA y demás sociedades  del Holding Chery Automobile, sean estas sociedades matrices, filiales o 

coligadas, ni sus cónyuges y/o parientes por afinidad y consanguinidad en toda  la línea recta y colateral hasta el segundo grado inclusive, ya que sea que lo  hagan en nombre propio y/o de terceros. 

  1. Los trabajadores de agencias o empresas externas que colaboren con el  desarrollo del Concurso, ni las agencias publicitarias, ni sus cónyuges y/o  parientes por afinidad y consanguinidad en toda la línea recta y colateral hasta  el segundo grado inclusive, ya que sea que lo hagan en nombre propio y/o de  terceros. 
  2. Los Concesionarios que mantengan una relación comercial con el Organizador,  sus directores, trabajadores, sus cónyuges y/o parientes por afinidad y  consanguinidad en toda la línea recta y colateral hasta el segundo grado inclusive, ya que sea que lo hagan en nombre propio y/o de terceros. 
  3. El Organizador se reserva el derecho de eliminar a cualquier Participante o ganador del  Concurso que considere ha empleado métodos ilegítimos, o que cuente con la ayuda  de terceros o sistemas tecnológicos para burlar los mecanismos y espíritus del  presente Concurso. 
  4. El Organizador se reserva el derecho a eliminar a cualquier Participante o ganador del  Concurso que incumpla alguna de los términos y condiciones establecidos en las  presentes Bases del Concurso. 

CUARTO: Vigencia del Concurso 

  1. El concurso estará vigente desde las 18:00 horas del 30 de enero de 2025 hasta las  17:00 horas del 17 de febrero de 2025. (el “Plazo de Vigencia”). 
  2. El plazo será fatal y, en consecuencia, con posterioridad a las fechas y horas  mencionadas, no se admitirán más participaciones en el Concurso, aun cuando haya  continuado exhibiéndose material publicitario del Concurso, sea en redes sociales, en  páginas web u otro medio o plataforma de comunicación, audiovisual, escrito, digital,  físico o en cualquier plataforma o soporte. 
  3. El Organizador se reserva el derecho a modificar o extender el Plazo de Vigencia del  Concurso, como asimismo a poner término anticipado al mismo, en cualquier  momento, por motivo plausible, sin perjuicio de no estar obligado a expresarlo. En  cualquiera de dichas situaciones, se informará oportunamente a los Participantes, a  través de medios oficiales del Organizador, tales como su página web, redes sociales,  o cualquier otro medio que determine el Organizador. 

QUINTO: Territorio. 

El Concurso tendrá aplicación en todo el territorio de Chile.  

SEXTO: Mecanismo de participación. 

Para participar en el Concurso, los Participantes deberán realizar las siguientes actividades:

  1. Grabar un video donde aparezcan junto a su vehículo marca OMODA o JAECOO,  escuchando a su artista favorito de aquellos que participarán en el festival Lollapalooza  2025. 
  2. Publicar el video en su perfil de Instagram, que deberá ser público, y etiquetar a las  cuentas @omoda.chile y @jaecoo.chile. 
  3. Enviar un “Direct” o mensaje directo a cualquiera de las cuentas de Instagram antes  indicadas, señalando: 
  4. Que aceptan las presentes Bases del Concurso. 
  5. Nombre completo 
  6. N° de Cédula de identidad 
  7. N° de padrón del vehículo 
  8. Correo electrónico 
  9. N° de teléfono 
  10. Cuenta de Instagram. 
  11. El Organizador velará por el cumplimiento de la ley, la moral y las buenas costumbres  en el desarrollo del Concurso y la entrega del premio. Por ello, no se permitirá la  publicación de comentarios que sean obscenos, violentos, inciten al odio o falten el  respeto a personas, autoridades o instituciones. 
  12. El Organizador se reserva el derecho de revisar y eliminar cualquier comentario que  infrinja estas normas o, en su caso, descalificar al participante del Concurso. 

SÉPTIMO: Proceso de selección del ganador 

  1. El 17 de febrero de 2025 se realizará la selección de los Participantes ganadores,  mediante un sorteo de forma aleatoria, de acuerdo a la herramienta que al efecto  disponga el Organizador. 
  2. El Organizador se contactará con los ganadores a través de alguno (cualquiera) de los  medios de contacto proporcionados por estos al participar en el Concurso. Asimismo, se publicarán los ganadores en los perfiles de Instagram @omoda.chile y  @jaecoo.chile, sin perjuicio de poder publicarse en otros medios, plataformas, o redes  sociales, en cualquier formato, sea digital, físico, escrito, audiovisual u otro. 
  3. Una vez contactado el Participante ganador, este tendrá un plazo de 24 horas para  responder, enviar copia de su cédula de identidad y suscribir el Acta de Recibo de  Premio, cuyo formato se adjunta como Anexo N°1 a las presentes Bases de Concurso. En caso contrario, el Organizador podrá declarar desierto el Concurso, o realizar un  nuevo proceso de selección de ganador. 
  4. Una vez contactado y confirmado el Participante ganador, la entrega del premio se  realizará en un plazo de 24 horas de forma digital previa coordinación con el  Participante ganador. 

OCTAVO: Premio. 

  1. El Organizador ha dispuesto, para ser entregados por el presente Concurso un total de 12 entradas generales para el festival Lollapalooza Chile 2025. Cada ganador recibirá 

una entrada doble (es decir, dos entradas) para un día de festival (en adelante, los  Premios). La distribución de los Premios será la siguiente: 

  1. Se seleccionarán 2 ganadores, cada uno de los cuales recibirá 2 entradas  generales para el Evento del día viernes 21 de marzo de 2025. 
  2. Se seleccionarán 2 ganadores, cada uno de los cuales recibirá 2 entradas  generales para el Evento del día sábado 22 de marzo de 2025. 
  3. Se seleccionarán 2 ganadores, cada uno de los cuales recibirá 2 entradas  generales para el Evento del día domingo 22 de marzo de 2025. 
  4. Los Premios no podrán ser canjeados por el Participante ganador por dinero, ni ningún  otro bien. Asimismo, se deja expresa constancia que los ganadores no podrán solicitar  el cambio de la fecha de sus entradas. 
  5. El impuesto a la renta, así como cualquier otro impuesto, tasa, contribución, o  cualquier tributo en general que se derivare del Premio para el ganador, será de su cargo  y de su exclusiva responsabilidad, sin que corresponda al Organizador responsabilidad  alguna en ello. 
  6. La entrega de los Premios será efectuada única y exclusivamente al Participante que  haya resultado ganador, y no podrá ni podrán ser cedidos a terceros. 

NOVENO: Obligaciones del Participante. 

  1. Los Participantes declaran y garantizan que la información, materiales, contenidos u  observaciones que no sean de su propiedad y que sean ingresados con el fin de  participar en este Concurso, no infringen los derechos de propiedad intelectual de  terceros, no se refieren a datos personales de terceros y no infringen en general otra  disposición legal.  
  2. El Participante que resulte ganador se obliga a aceptar el Premio en los términos  indicados por el Organizador y a coordinar su entrega dentro del plazo que éste señale,  debiendo cumplir con todas las obligaciones señaladas en las presentes Bases. Para  ello, deberá proporcionar al Organizador toda la información y/o documentación que  se estime necesaria, incluyendo, pero no limitado a, su nombre completo, RUT y/o  copia de su cédula de identidad vigente. 
  3. Será responsabilidad del ganador utilizar, aplicar y destinar el Premio que reciba al uso,  goce y destino que naturalmente le corresponden. 
  4. El ganador se obliga a participar sin costo alguno en las actividades publicitarias o  promocionales que el Organizador estime pertinentes, en el marco y con ocasión de  este Concurso, autorizando el uso de su nombre, imagen y/o voz para dichos fines, de  conformidad con la legislación chilena y sin que ello implique la obligación de pago o  contraprestación adicional. 
  5. El Participante ganador no podrá efectuar declaraciones, realizar conductas o llevar a  cabo acciones u omisiones que lesionen los intereses del Organizador, su reputación  comercial y la de los productos que comercializa y distribuye, así como a sus directivos  y trabajadores. 
  6. La participación en el Concurso y la aceptación del Premio implica la renuncia expresa  por parte del ganador a formular cualquier tipo de reclamo o acción en contra del 

Organizador por hechos relacionados con el festival Lollapalooza Chile 2025, debiendo  dirigir cualquier solicitud o requerimiento a los organizadores del evento. 

DÉCIMO: Gastos y responsabilidades. 

  1. El Organizador no se hace responsable de la pérdida, deterioro, o robo de los Premios  objeto de estas bases. 
  2. El Organizador no se hace responsable por los gastos asociados a la participación en  el Concurso, tales como gastos de movilización, viajes, traslados, y todos sus trámites  y gastos asociados, cualquiera sea su naturaleza o especie, siendo dichos gastos  responsabilidad exclusiva del Participante o ganador. 
  3. El Organizador no será responsable por los daños y perjuicios que pudiera sufrir el  ganador o terceros, en sus personas o bienes, con motivo o en ocasión de la  participación en el Concurso y/o con motivo o con ocasión del retiro de los Premios y/o  utilización de los mismos. 
  4. El Organizador cumple íntegramente con su obligación al entregar los Premios a los  ganadores en los términos establecidos en estas Bases. En consecuencia, el  Organizador no será responsable por la suspensión, modificación, reprogramación o  cancelación del festival Lollapalooza Chile 2025, ni por cualquier cambio en las  condiciones de acceso, organización, desarrollo o prestación de servicios del evento,  los cuales son de exclusiva responsabilidad de los organizadores del festival. 
  5. Asimismo, el Organizador no será responsable por accidentes, daños, pérdidas, robos,  hurtos, problemas de acceso, fallas en la logística, cambios en la parrilla de artistas,  restricciones sanitarias, condiciones climáticas adversas o cualquier otro hecho que  ocurra durante el desarrollo del festival y que pueda afectar la experiencia del ganador  y su acompañante. 

UNDÉCIMO: Tratamiento de datos personales. 

  1. Mediante la aceptación expresa de estas Bases, el Participante, en su calidad de titular  de los datos personales que entrega al Organizador al inscribirse en el Concurso,  consiente y autoriza expresamente al Organizador a realizar el tratamiento de dichos  datos personales, conforme a la Ley N°19.628 sobre Protección de la Vida Privada y  demás normativa aplicable. 
  2. El Organizador actúa sobre la base de que los datos entregados por los concursantes  son veraces y han sido proporcionados de buena fe por el propio titular. En tal sentido,  el Organizador no será responsable de cualquier infracción o consecuencia derivada  de la ilicitud, ilegitimidad, alteración, mal uso, usurpación de identidad, fraude o  sanción que pudiera resultar de la información que le haya sido entregada. 
  3. Los titulares que resulten ganadores de este Concurso autorizan al Organizador a  divulgar su nombre, fotografía y/o videos de su persona, ya sea publicando que han  participado o que han obtenido el premio, siempre que ello se realice en el marco de la  promoción de este Concurso y sin que ello implique pago o indemnización alguna. 
  4. El Organizador podrá compartir los datos personales de los concursantes con  empresas del grupo Chery Automobile y con terceros, con el objeto de realizar cruces 

de información con otras bases de datos y llevar a cabo acciones de marketing.  Asimismo, el Organizador podrá usar los datos para: 

  1. Comunicación de promociones, información de productos, beneficios,  concursos, ofertas, eventos, actividades y otros bienes o servicios  complementarios a través de medios tecnológicos. 
  2. Envío de encuestas de satisfacción a través de medios tecnológicos. c. Envío de encuestas de estudio de mercado a través de medios tecnológicos.} d. Realización de algoritmos de similitud (lookalike) en Facebook, Google u otras  plataformas digitales. 
  3. Realización de análisis de consumo, preferencias y tendencias de mercado. f. Realización de análisis de clusterización, segmentación, agrupaciones y de  machine learning. 
  4. Envío de comunicaciones a través de medios tecnológicos para actualización  de términos y condiciones. 
  5. En general, realizar publicidad y prospección comercial. 
  6. El Organizador mantendrá el registro de los datos personales recopilados en virtud de  este Concurso, como respaldo de la realización del mismo. 
  7. En el evento que los concursantes requieran información de sus datos personales,  rectificarlos, o ejercer los demás derechos que contempla la Ley N°19.628, deberán  contactarse con el Organizador mediante el envío de un correo electrónico a __@____.  

DUODÉCIMO: Modificación de las Bases. 

El Organizador se reserva el derecho de modificar las presentes Bases, en cualquier momento,  y sin necesidad de expresar causa. Las modificaciones que realice el Organizador surtirán  efectos una vez publicadas o protocolizadas, sin perjuicio de que en el respectivo instrumento  se indique una fecha distinta de entrada en vigencia, que, en todo caso, no podrá ser anterior  a su publicación o protocolización. 

DÉCIMO TERCERO: Interpretación de las Bases. 

El Organizador se reserva el derecho para interpretar y determinar el sentido y alcance de estas  bases, en caso de dudas y/o conflictos que se suscitaren sobre su contenido y aplicación. 

DÉCIMO CUARTO: Aceptación de las Bases. 

  1. La participación en este Concurso requiere el conocimiento y aceptación de estas  Bases. En consecuencia, las personas que participen en el Concurso, por el hecho de  su sola participación, aceptan formalmente todas y cada una de las disposiciones  establecidas en las presentes Bases. 
  2. Las presentes Bases estarán disponibles, en todo momento, en ______, y se encuentran  protocolizadas en la ___ Notaría de Santiago de don ______. En caso de sufrir  modificaciones, se comunicará oportunamente a los Participantes y público genera, y  dichas modificaciones se publicarán y protocolizarán de igual manera.

DÉCIMO QUINTO: Autorización. 

Los Participantes ganadores del Concurso, al aceptar las presentes Bases y suscribir el Acta  de Recepción de Premio (Anexo N°1), autorizan expresamente e irrevocablemente al  Organizador para difundir su imagen y nombre, en el marco de las actividades de promoción,  publicidad o marketing que éste realice. En virtud de lo anterior, el Organizador podrá  comunicar su identidad, grabar, filmar y/o fotografiar a los ganadores, así como exhibir,  reproducir y/o publicar dichas grabaciones, filmaciones o fotografías en redes sociales, sitios  web o en cualquier otro medio o plataforma, ya sea audiovisual, escrito, digital o físico, sin que  ello genere derecho a pago o indemnización alguna para los ganadores. 

DÉCIMO SEXTO: Reserva de acciones. 

El Organizador se reserva el derecho a iniciar las acciones legales que procedan frente a  cualquier irregularidad que se pueda detectar, que se haya realizado en, o con ocasión del  presente Concurso. 

DÉCIMO SÉPTIMO: Ley aplicable y jurisdicción. 

Toda relación que en virtud de este Concurso se genere entre cualquiera de los Participantes y  el Organizador, se regirá con total sujeción a las leyes de la República de Chile y serán  competentes para dirimir cualquier controversia o procedimiento legal los Tribunales  Ordinarios de Justicia de la ciudad de Santiago, cualquiera sea la causa de la acción o el  reclamo, con renuncia expresa de los Participantes del Concurso a cualquier otra jurisdicción  que pudiera corresponderles. 

DÉCIMO OCTAVO: Consultas y reclamos. 

Las consultas o reclamos que requieran presentar los Participantes, que se refieran al presente  Concurso, deberán ser dirigidas al correo electrónico contacto@omoda.cl

ANEXO N°1 DE BASES DE CONCURSO 

“_______________________” 

ACTA DE RECIBO DE PREMIO, RENUNCIA DE ACCIONES Y DERECHO A USO DE IMAGEN 

En ________________, a ___de ____________de __________. 

____________________________, de nacionalidad _________________, mayor de edad, estado civil  _______________, profesión u oficio_______________, cédula nacional de identidad N°_________  __, domiciliado en _________________________________, de la ciudad de ________________,  declaro que: 

  1. Tras haber leído, entendido y aceptado las bases del concurso, he participado en el  concurso denominado “_________” (en adelante, el Concurso), desarrollado por  CHERY, OMODA & JAECOO MOTOR SpA (en adelante, el Organizador”). 
  2. He dado cumplimiento en todo momento, a todas las cargas, obligaciones,  declaraciones, y en general a todas las disposiciones de las Bases del Concurso. 
  3. El Organizador me contactó oportunamente para comunicarme el hecho de haber sido  seleccionado ganador del Concurso. 
  4. Cumplo con todas los requisitos para ser seleccionado ganador del Concurso, y me  obligo expresamente a cumplir con las obligaciones que he asumido al aceptar las  Bases del Concurso. 
  5. Con fecha de hoy, he recibido de parte del Organizador, el siguiente premio: ________________, el cual declaro recibir a mi completa conformidad, sin tener reclamo  alguno que formular al Organizador. 
  6. Mediante el presente instrumento acepto y me comprometo a participar de las  actividades, promociones, eventos, programas o difusión que el Organizador determine, prestando mi colaboración con el objeto de favorecer la difusión de la  obtención del premio por los medios que el Organizador indique. 
  7. Autorizo desde ya expresamente al Organizador, a utilizar la información recaudada  mediante el Concurso y a difundir mi nombre e imágenes mediante la toma de  fotografías y/o videos, vinculadas a mi participación en el Concurso, renunciando a  recibir cualquier compensación, sea en dinero o en especie. 
  8. Que acepto el Premio dada mi participación legítima en el Concurso, por lo que  cualquier comprobación de que la información entregada por mi parte con motivo del  Concurso fuera incorrecta o falsa, hará que el Premio sea devuelto al Organizador, 

junto con los daños y perjuicios que correspondan, aceptando que el Organizador.  podrá seguir en mi contra todo tipo de acciones civiles, penales y administrativas que  pudieran corresponder 

De esta forma y habiendo recibido a entera satisfacción y conformidad el Premio antes  señalado, vengo en renunciar expresa e irrevocablemente a toda acción, cualquiera sea su  naturaleza, infraccional, civil o penal, que pudiere asistirme con motivo del Concurso, desarrollado por CHERY, OMODA & JAECOO MOTOR SpA. 

Acredito mi identidad con la exhibición y entrega de una copia de mi Cédula de Identidad, el  cual se entiende parte integrante del presente instrumento. 

Firma: ____________________________ 

Nombre completo: ____________________________  

Cédula de identidad: ____________________________ (adjuntar copia)

BASES  DE CONCURSO

“CONCURSO LOCAL WHAT IS OMODA?”

DESCARGAR LAS BASES COMPLETAS AQUI: https://omoda.cl/wp-content/uploads/2025/02/BASES-LEGALES-WHAT-IS-OMODA.pdf

DESCARGAR LAS PLANTILLAS AQUI: https://omoda.cl/wp-content/uploads/2025/02/WHAT_IS_OMODA_LOCAL_PLANTILLAS.zip

 

En Santiago de Chile, a 04 de febrero de 2025, CHERY OMODA & JAECOO MOTOR SpA, Rol Único Tributario N° 77.737.328-5, con domicilio en Alonso de Córdova 4355, Piso 5, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, en adelante indistintamente el “Organizador del Concurso Local” o “Omoda Chile”, ha establecido las siguientes bases que regirán el Concurso Local WHAT IS OMODA?”, en adelante e indistintamente el “Concurso Local”.

El Concurso Local se regulará de acuerdo con los términos y condiciones establecidas en este documento, en adelante las “Bases”:

PRIMERO: Antecedentes generales.

  1. El Organizador del Concurso Local es una sociedad filial del grupo empresarial Chery Automobile, y es representante y distribuidor exclusivo en Chile de los vehículos marca Omoda (en adelante, indistintamente “Omoda” o la “Marca”).

  2. Chery Automobile ha lanzado a nivel internacional el Concurso Global "WHAT IS OMODA" (en adelante, el “Concurso Global”), con el fin de incentivar la creatividad de sus seguidores y generar contenido en torno al modelo OMODA C7, cuya presentación está programada para agosto de 2025. Los términos y condiciones del Concurso Global, organizado por Chery Automobile, se pueden encontrar en https://www.instagram.com/p/DEhZ1nwpcts/?utm_source=ig_web_copy_link&igsh=MzRlODBiNWFlZA==. Se deja expresa constancia que el organizador del Concurso Global Chery Automobile, y que los términos y condiciones del Concurso Global son dispuestas por aquella empresa. Chery, Omoda & Jaecoo SpA, en su calidad de filial en Chile, únicamente gestionará la entrega del Premio Global (según se define más adelante) a los ganadores residentes en Chile, según las condiciones establecidas en las presentes Bases, limitando su responsabilidad únicamente a ello.

  3. Sin perjuicio de lo anterior, Chery, Omoda & Jaecoo SpA, dentro de su estrategia de promoción de la marca Omoda, desarrollará un Concurso Local para residentes en Chile, de acuerdo con lo establecido en las presentes Bases.

 

SEGUNDO: Requisitos para concursar.

Podrán participar en el Concurso Local What Is OMODA, todas aquellas personas, que durante el Plazo de Vigencia den cumplimiento a lo establecido en la cláusula Sexta y séptima de las presentes Bases, y cumplan con los siguientes requisitos copulativos (en adelante, los “Participantes”):

  1. Ser mayores de 18 años a la fecha de la participación en el Concurso Local.

  2. Tener nacionalidad chilena, residencia temporal o definitiva en el país.

  3. Participar de acuerdo con la mecánica descrita en la cláusula Sexta.

  4. Seguir las cuentas oficiales de Omoda y Jaecoo Chile en redes sociales, que son las siguientes:

    1. Instagram: https://www.instagram.com/omoda.chile/

    2. Instagram: https://www.instagram.com/jaecoo.chile/

    3. Tiktok: https://www.tiktok.com/@omodajaecoo.chile

 

TERCERO: Exclusiones

  1. No podrán participar en el Concurso Local, no obstante reunir los requisitos señalados en la cláusula anterior:

    1. Los trabajadores de Chery, Omoda & Jaecoo Motor SpA y demás sociedades del Holding Chery Automobile, sean estas sociedades matrices, filiales o coligadas, ni sus cónyuges y/o parientes por afinidad y consanguinidad en toda la línea recta y colateral hasta el segundo grado inclusive, ya que sea que lo hagan en nombre propio y/o de terceros.

    2. Los trabajadores de agencias o empresas externas que colaboren con el desarrollo del Concurso Local, ni las agencias publicitarias, ni sus cónyuges y/o parientes por afinidad y consanguinidad en toda la línea recta y colateral hasta el segundo grado inclusive, ya que sea que lo hagan en nombre propio y/o de terceros.

  2. El Organizador del Concurso Local se reserva el derecho de eliminar a cualquier Participante o ganador del Concurso Local que considere ha empleado métodos ilegítimos, o que cuente con la ayuda de terceros o sistemas tecnológicos para burlar los mecanismos y espíritus del presente Concurso Local.

  3. El Organizador del Concurso Local se reserva el derecho a eliminar a cualquier Participante o ganador del Concurso Local que incumpla alguno de los términos y condiciones establecidos en las presentes Bases del Concurso Local.

 

CUARTO: Vigencia del Concurso Local

  1. El Concurso Local estará vigente desde las 00:00 horas del 05 de febrero de 2025 hasta las 23:59 horas del 06 de marzo de 2025 (el “Plazo de Vigencia”).

  2. El plazo será fatal y, en consecuencia, con posterioridad a las fechas y horas mencionadas, no se admitirán más participaciones en el Concurso Local, aun cuando haya continuado exhibiéndose material publicitario del Concurso Local, sea en redes sociales, en páginas web u otro medio o plataforma de comunicación, audiovisual, escrito, digital, físico o en cualquier plataforma o soporte.

  3. El Organizador del Concurso Local se reserva el derecho a modificar o extender el Plazo de Vigencia del Concurso Local, como asimismo a poner término anticipado al mismo, en cualquier momento, por motivo plausible, sin perjuicio de no estar obligado a expresarlo. En cualquiera de dichas situaciones, se informará oportunamente a los Participantes, a través de medios oficiales del Organizador del Concurso Local, tales como su página web, redes sociales, o cualquier otro medio que determine el Organizador del Concurso Local.

 

QUINTO: Territorio.

El Concurso Local tendrá aplicación en todo el territorio de Chile. En caso que el ganador resida o tenga domicilio en territorio insular, el Organizador del Concurso Local podrá reemplazar el Premio Global por otro de valor similar, a su entera discreción.

 

SEXTO: Mecanismo de participación.

Para participar en el Concurso Local, los Participantes deberán realizar las siguientes actividades:

  1. Crear un video que cumpla con los siguientes requisitos:

    1. Duración: Duración máxima de 30 segundos

    2. Portada del video: La portada del video debe incluir las palabras “WHAT IS OMODA?” o “¿QUÉ ES OMODA?” y debe ser coherente con el contenido del video.

    3. Contenido:

      1. Debe responder a la pregunta "What is OMODA?", contrastándola con "What is NOT OMODA?", en base a los valores de la marca:

        • OMODA representa una actitud ante la vida, dirigida a personas con una mentalidad joven que valoran el futuro, la moda, la sostenibilidad y la tecnología. Con un diseño vanguardista y tecnología punta, rompe las convenciones y anima a la gente a buscar un estilo de vida diverso y personalizado.

        • OMODA es: a la moda, apasionados, atrevidos, exploradores, llenos de energía, diversificados, etc.

        • OMODA no es: conservador, aburrido, evasivo, idéntico, sin vida, monótono, etc.

      2. El video debe contener una imagen del Participante con el vehículo modelo OMODA C7. Puede ser una fotografía real o creada mediante montaje de imágenes (por ejemplo, creadas con imágenes de internet de publicas o licenciadas, o con herramientas de realidad virtual).

  • El video debe ser positivo, alineado con los valores de la marca.

  1. El video debe ser creación original del Participante y no infringir derechos de terceros, incluyendo derechos de propiedad intelectual o industrial, derechos de imagen y datos personales.

  1. Efectos visuales: Se recomienda, no es obligación, que las transiciones del video incluyan juegos visuales con las plantillas puestas a disposición por el Organizador del Concurso Local en el siguiente link: https://omoda.cl/bases-legales/.

  2. Idioma: El contenido del video puede ser en inglés, o en español, con subtítulos en inglés.

  3. Restricciones de contenido:

    1. En ningún caso el video podrá contener referencias o hacer mención a:

      • Temáticas sensibles como religión, política, género, raza, entre otros

      • Contenidos inapropiados, obscenos, sexuales, violentos, o que inciten al odio.

      • Faltas de respeto a personas naturales o jurídicas, autoridades o instituciones

      • Contenidos contrarios a la ley, la moral o las buenas costumbres.

    2. Se deja expresa constancia, que el Organizador del Concurso Local podrá interpretar de la manera más amplia posible el cumplimiento o incumplimiento de los requisitos establecidos en este literal, y se reserva el derecho para excluir aquellas participaciones que no cumplan con las condiciones descritas. Asimismo, se reserva el derecho a ejercer todas las acciones legales que correspondan, frente a imágenes o videos que afecten negativamente la marca, su reputación comercial o sus derechos.

  4. Publicar el video en redes sociales:

    1. El Participante debe publicar el video de forma pública, sin limitaciones de acceso a terceros, en una o más de las siguientes plataformas:

      1. TikTok

      2. Instagram Reels

    2. Al publicar el video, el Participante debe agregar los hashtags:

      1. #OMODAJAECOO

      2. #WhatIsOMODA

    3. El Participante debe seguir las cuentas oficiales:

    1. TikTok: https://www.tiktok.com/@omodajaecoo.chile?is_from_webapp=1&sender_device=pc

    2. Instagram: https://www.instagram.com/omoda.chile/

    3. Instagram: https://www.instagram.com/jaecoo.chile/

 

  1. Enviar un direct (mensaje privado) a la cuenta oficial de Instagram del Organizador del Concurso Local, @omoda.chile (https://www.instagram.com/omoda.chile/), con la siguiente información:

    1. Declaración expresa de que se aceptan las Bases del Concurso Local

    2. Enlace del video publicado

    3. N° de Cédula de identidad

    4. Correo electrónico

    5. Teléfono de contacto

    6. Links de las cuentas públicas en redes sociales

 

SÉPTIMO: Proceso de selección de los ganadores y entrega de los premios

Respecto de los Premios Locales.

 

Etapa 1: preselección de finalistas

El Organizador del Concurso Local, el día 28 de febrero de 2025, a través de su equipo de diseño y marketing, preseleccionará cinco (5) participantes que cumplan con todos los requisitos establecidos en estas Bases y cuyos videos destaquen en los siguientes criterios de evaluación:

  1. 30% Creatividad.

Se valorará la innovación en la producción del video, evitando contenido repetitivo o sin impacto visual. Se considerará la originalidad en la narración y la capacidad de sorprender o emocionar al público.

  1. 30% Representación de los valores de la Marca.

Se evaluará qué tan bien el video refleja la identidad y filosofía de OMODA, promoviendo un estilo de vida alineado con la Marca.

  • 40% Interacción y popularidad.

Se medirá la repercusión del video en redes sociales, considerando métricas como:

  • Número de likes.
  • Shares o cantidad de veces compartido.
  • Visualizaciones totales en la plataforma de publicación.

El jurado podrá declarar desierto el Concurso Local en caso de que ninguna participación cumpla con los estándares mínimos establecidos en las presentes bases.

La decisión del jurado será final, inapelable y no estará sujeta a revisión por parte de los participantes o terceros.

 

Etapa 2: Selección del ganador mediante votación.

    1. El día 03 de marzo de 2025, las cuentas de redes sociales oficiales del Organizador del Concurso Local publicarán los videos preseleccionados en la etapa anterior y habilitarán una votación pública en dichas redes sociales o en otra plataforma que el Organizador determine, con el fin de seleccionar al ganador del Concurso Local en base a los votos emitidos.
    2. En consecuencia, será ganador del Concurso Local, aquel que reciba la mayor cantidad de votos al momento del cierre de la votación.
  • El día 5 de marzo de 2025 se anunciará al ganador del Concurso Local.
  1. El Ganador del Premio Local será contactado de la siguiente manera:
    • Será contactado por el Organizador del Concurso Local mediante alguno (cualquiera) de los medios de contacto indicados por el Participante, al enviar su video al Organizador del Concurso Local.
    • Adicionalmente, el Organizador del Concurso Local publicará el nombre del Ganador del Premio Local en las redes sociales que elija libremente, junto con su cuenta de Instagram y/o de TikTok.
  2. Si el ganador seleccionado no cumple con las Bases o no puede ser contactado dentro del plazo establecido, el Organizador del Concurso Local podrá declarar ganador a aquel que haya resultado segundo en la votación o declarar desierto el Premio Local, a su entera discreción.

 

Etapa 3: Coordinación y entrega del Premio Local.

    1. Una vez contactado el Ganador del Premio Local, tendrá un plazo de 5 días hábiles para responder y e indicar una fecha para la entrega del Premio, dentro de las alternativas planteadas por el Organizador del Concurso Local. En caso contrario, el Organizador del Concurso Local podrá, a su entera discreción, reemplazar al ganador con aquel que haya logrado el segundo lugar en la votación, sin necesidad de dar aviso, , o bien declarar desierto el Concurso Local respecto del Premio Local, pudiendo disponer libremente del Premio en dicho caso.
    2. Una vez contactado y confirmado el Participante ganador, la entrega del premio consistente en un vehículo en comodato, se realizará en Alonso de Córdova N° 4355, piso 13, Vitacura.
  • El Participante ganador, previo a su entrega, deberá:
    • Exhibir su cédula de identidad, y entregar copia de ella.
    • Suscribir el Acta de Recibo de Premio, cuyo formato se adjunta como Anexo N°1 a las presentes Bases de Concurso Local.
    • Suscribir el contrato de comodato, cuyo formato se adjunta como Anexo N°2 a las presentes Bases de Concurso Local.
  1. La documentación necesaria para hacer efectiva la estadía en el Hotel Viña VIK será enviada por correo electrónico al ganador en un plazo de 10 días hábiles desde el cumplimiento de la obligación anterior.

 

OCTAVO: Premio.

  1. Premio Concurso Local
    1. El Organizador del Concurso Local ha dispuesto, para ser entregados por el presente Concurso Local, el siguiente premio (en adelante el Premio Local):
      1. Una estadía de fin de semana en el Hotel Viña VIK, Valle de Millahue, para dos personas.
        • Condiciones:
          • La estadía en el Hotel Viña VIK deberá utilizarse antes del 15 de septiembre de 2024, sujeta a disponibilidad del hotel. Se excluyen expresamente reservas para fines de semana largos o festivos.
          • La reserva deberá ser gestionada directamente por el ganador con el hotel, según disponibilidad.
          • El Organizador del Concurso Local se limita exclusivamente a la entrega del derecho a la estadía en el Hotel VIK conforme a las condiciones establecidas en las presentes bases. En consecuencia, el Organizador del Concurso Local no será responsable por la disponibilidad de fechas, la calidad del servicio, cancelaciones, modificaciones, costos adicionales, ni por cualquier inconveniente o perjuicio que pudiera surgir durante la estadía, siendo de exclusiva responsabilidad del ganador coordinar y gestionar su reserva con el Hotel Viña VIK.
          • Cualquier requerimiento adicional o condición especial, distinta a lo indicado en las presentes bases, deberá ser tratado directamente entre el ganador y el Hotel Viña VIK, sin que el Organizador del Concurso Local tenga intervención o responsabilidad alguna.

 

  • Incluye:
    • Dos (2) noches de alojamiento en Suite- full experience.
    • Desayuno, almuerzo y cena incluidos durante la estadía.
    • Un (1) masaje para el ganador y su acompañante.
  • No incluye:
    • Traslados hacia/desde el hotel o cualquier otro gasto de transporte.
    • Servicios adicionales en el hotel, como room service o consumo de minibar.
    • Estadías en fechas restringidas por disponibilidad del hotel.
    • Cualquier otro gasto personal del ganador o su acompañante
  1. Comodato de un vehículo marca Omoda.
    • El modelo y características del vehículo que se entregará al ganador será determinado libremente por el Organizador del Concurso Local, entendiéndose cumplida su obligación con entregar un vehículo marca Omoda, en buenas condiciones de funcionamiento.
    • El comodato deberá iniciar un viernes, a elección del ganador, y previa coordinación con el Organizador del Concurso Local. El comodato terminará de pleno derecho el lunes más próximo a aquel correspondiente al inicio de la vigencia del contrato.
    • El ganador deberá restituir el Vehículo en las mismas condiciones en las que le fue entregado, en la fecha y hora establecidas por el Organizador del Concurso Local, y en todo caso, previo al término del contrato de comodato.
    • El ganador será el único responsable del uso y conducción del Vehículo durante el período en que se le haya otorgado el premio. En consecuencia, deberá cumplir con todas las normas de tránsito vigentes y asumir cualquier infracción, daño, desperfecto o perjuicio que se cause al Vehículo o a terceros durante dicho período. El Organizador del Concurso Local no será responsable por accidentes, daños, pérdidas o cualquier otra circunstancia que ocurra producto o con ocasión del uso del Vehículo dado en comodato.
    • El ganador deberá contar con licencia de conducir vigente y se obliga a no permitir que el Vehículo sea conducido por terceros sin la autorización expresa del Organizador del Concurso Local. Asimismo, queda prohibido destinar el Vehículo a actividades comerciales, deportivas o de competición, así como realizar cualquier modificación o alteración.
    • El Vehículo podrá contar con un seguro contratado por el Organizador del Concurso Local, cuyas coberturas y condiciones serán informadas al Participante ganador al momento de la entrega. Sin perjuicio de lo anterior, el ganador asumirá cualquier deducible, gasto no cubierto por el seguro, o cualquier otro costo derivado del uso del Vehículo, incluyendo reparaciones por daños ocasionados por su culpa o negligencia.

    • El Organizador del Concurso Local no será responsable por ningún daño personal o material que el ganador o terceros sufran con ocasión del uso del Vehículo

    • En caso de incumplimiento de cualquiera de las obligaciones establecidas en la presente cláusula, el Organizador del Concurso Local podrá ejercer todas las acciones legales que correspondan, incluyendo aquellas tendientes a la restitución inmediata del Vehículo, el cobro de daños y perjuicios, y la persecución de responsabilidades civiles, administrativas o penales que resulten aplicables.

    • Sin perjuicio de lo anterior, el ganador deberá dar estricto cumplimiento a las obligaciones del contrato de comodato.

 

  1. Como se ha indicado a lo largo de las presentes Bases, Omoda Chile no organiza ni es responsable del Concurso Global. Su única participación al respecto dice relación con la coordinación de la entrega del premio de dicho concurso, con quien o quienes resulten ganadores en Chile, limitando su responsabilidad únicamente a lo anterior.

La entrega del Premio Global será realizada por Omoda Chile, en los términos y en la oportunidad establecida de acuerdo con las instrucciones del organizador del Concurso Global.

  1. Lo(s) Premio(s) no podrán ser canjeados por el Participante ganador por dinero, ni ningún otro bien.

  2. El impuesto a la renta, así como cualquier otro impuesto, tasa, contribución, o cualquier tributo en general que se derivare del Premio para el ganador, será de su cargo y de su exclusiva responsabilidad, sin que corresponda al Organizador del Concurso Local responsabilidad alguna en ello.

  3. La entrega de lo(s) Premio(s) será efectuada única y exclusivamente al Participante que haya resultado ganador, y no podrá ni podrán ser cedidos a terceros.

  4. Los premios otorgados en el presente Concurso son exclusivamente aquellos descritos en estas Bases, sin que pueda interpretarse que incluyen beneficios, accesorios, gastos, costos adicionales o cualquier otra prestación distinta a la expresamente señalada. En ningún caso se entenderá que los premios incluyen traslados, comidas, seguros, impuestos, propinas u otros gastos en que pueda incurrir el ganador con ocasión del uso o goce del premio, salvo que ello haya sido indicado explícitamente en estas Bases.

 

NOVENO: Obligaciones del Participante.

  1. Los Participantes declaran y garantizan que la información, materiales, contenidos u observaciones que no sean de su propiedad y que sean ingresados con el fin de participar en este Concurso Local, no infringen los derechos de propiedad intelectual de terceros, no se refieren a datos personales de terceros y no infringen en general otra disposición legal.

  2. El Participante que resulte ganador se obliga a aceptar el Premio en los términos indicados por el Organizador del Concurso Local y a coordinar su entrega dentro del plazo que éste señale, debiendo cumplir con todas las obligaciones señaladas en las presentes Bases. Para ello, deberá proporcionar al Organizador del Concurso Local toda la información y/o documentación que se estime necesaria, incluyendo, pero no limitado a, su nombre completo, RUT y/o copia de su cédula de identidad vigente.

  3. Será responsabilidad del ganador utilizar, aplicar y destinar el Premio que reciba al uso, goce y destino que naturalmente le corresponden.

  4. El ganador se obliga a participar sin costo alguno en las actividades publicitarias o promocionales que el Organizador del Concurso Local estime pertinentes, en el marco y con ocasión de este Concurso Local, autorizando el uso de su nombre, imagen y/o voz para dichos fines, de conformidad con la legislación chilena y sin que ello implique la obligación de pago o contraprestación adicional.

  5. El Participante ganador no podrá efectuar declaraciones, realizar conductas o llevar a cabo acciones u omisiones que lesionen los intereses del Organizador del Concurso Local, su reputación comercial y la de los productos que comercializa y distribuye, así como a sus directivos y trabajadores.

 

DÉCIMO:  Gastos y responsabilidades.

  1. El Organizador del Concurso Local no se hace responsable de la pérdida, deterioro, o robo de los Premios objeto de estas bases.

  2. El Organizador del Concurso Local no se hace responsable por los gastos asociados a la participación en el Concurso Local, tales como gastos de movilización, viajes, traslados, y todos sus trámites y gastos asociados, cualquiera sea su naturaleza o especie, siendo dichos gastos responsabilidad exclusiva del Participante o ganador.

  3. El Organizador del Concurso Local no será responsable por los daños y perjuicios que pudiera sufrir el ganador o terceros, en sus personas o bienes, con motivo o en ocasión de la participación en el Concurso Local y/o con motivo o con ocasión del retiro de los Premios y/o utilización de los mismos.

  4. La responsabilidad del Organizador del Concurso Local se extiende sólo hasta la entrega del Premio. El Organizador del Concurso Local no es responsable de los daños, hurtos y/o robos de los que pudiera ser objeto el ganador luego de efectuada la entrega del Premio, ni tampoco será responsable, en ningún caso, de ningún hecho, accidente o circunstancia que cause daños o perjuicios a los ganadores o terceros, en virtud de la utilización o retiro del Premio.

  5. El Organizador del Concurso Local no se hace responsable por cualquier impedimento o limitación que el ganador tenga para gozar del premio

 

UNDÉCIMO: Tratamiento de datos personales.

  1. Mediante la aceptación expresa de estas Bases, el Participante, en su calidad de titular de los datos personales que entrega al Organizador del Concurso Local al inscribirse en el Concurso Local, consiente y autoriza expresamente al Organizador del Concurso Local a realizar el tratamiento de dichos datos personales, conforme a la Ley N°19.628 sobre Protección de la Vida Privada y demás normativa aplicable.

  2. El Organizador del Concurso Local actúa sobre la base de que los datos entregados por los concursantes son veraces y han sido proporcionados de buena fe por el propio titular. En tal sentido, el Organizador del Concurso Local no será responsable de cualquier infracción o consecuencia derivada de la ilicitud, ilegitimidad, alteración, mal uso, usurpación de identidad, fraude o sanción que pudiera resultar de la información que le haya sido entregada.

  3. Los titulares que resulten ganadores de este Concurso Local autorizan al Organizador del Concurso Local a divulgar su nombre, fotografía y/o videos de su persona, ya sea publicando que han participado o que han obtenido el premio, siempre que ello se realice en el marco de la promoción de este Concurso Local y sin que ello implique pago o indemnización alguna.

  4. El Organizador del Concurso Local podrá compartir los datos personales de los concursantes con empresas del grupo Chery Automobile y con terceros, con el objeto de realizar cruces de información con otras bases de datos y llevar a cabo acciones de marketing. Asimismo, el Organizador del Concurso Local y sus sociedades relacionadas, podrán usar los datos para:

    1. Comunicación de promociones, información de productos, beneficios, concursos, ofertas, eventos, actividades y otros bienes o servicios complementarios a través de medios tecnológicos.

    2. Envío de encuestas de satisfacción a través de medios tecnológicos.

    3. Envío de encuestas de estudio de mercado a través de medios tecnológicos.}

    4. Realización de algoritmos de similitud (lookalike) en Facebook, Google u otras plataformas digitales.

    5. Realización de análisis de consumo, preferencias y tendencias de mercado.

    6. Realización de análisis de clusterización, segmentación, agrupaciones y de machine learning.

    7. Envío de comunicaciones a través de medios tecnológicos para actualización de términos y condiciones.

    8. En general, realizar publicidad y prospección comercial.

  5. El Organizador del Concurso Local mantendrá el registro de los datos personales recopilados en virtud de este Concurso Local, como respaldo de la realización del mismo.

  6. En el evento que los concursantes requieran información de sus datos personales, rectificarlos, o ejercer los demás derechos que contempla la Ley N°19.628, deberán contactarse con el Organizador del Concurso Local mediante el envío de un correo electrónico a contacto@omoda.cl.

 

DUODÉCIMO: Modificación de las Bases.

El Organizador del Concurso Local se reserva el derecho de modificar las presentes Bases, en cualquier momento, y sin necesidad de expresar causa. Las modificaciones que realice el Organizador del Concurso Local surtirán efectos una vez publicadas o protocolizadas, sin perjuicio de que en el respectivo instrumento se indique una fecha distinta de entrada en vigencia, que, en todo caso, no podrá ser anterior a su publicación o protocolización.

 

DÉCIMO TERCERO: Interpretación de las Bases.

El Organizador del Concurso Local se reserva el derecho para interpretar y determinar el sentido y alcance de estas bases, en caso de dudas y/o conflictos que se suscitaren sobre su contenido y aplicación.

 

DÉCIMO CUARTO: Aceptación de las Bases.

  1. La participación en este Concurso Local requiere el conocimiento y aceptación de estas Bases. En consecuencia, las personas que participen en el Concurso Local, por el hecho de su sola participación, aceptan formalmente todas y cada una de las disposiciones establecidas en las presentes Bases.

  2. Las presentes Bases estarán disponibles, en todo momento, https://omoda.cl/bases-legales/. En caso de sufrir modificaciones, se comunicará oportunamente a los Participantes y público genera, y dichas modificaciones se publicarán de igual manera.

 

DÉCIMO QUINTO: Autorización.

Los Participantes ganadores del Concurso Local, al aceptar las presentes Bases y suscribir el Acta de Recepción de Premio (Anexo N°1), autorizan expresamente e irrevocablemente al Organizador del Concurso Local para difundir su imagen y nombre, en el marco de las actividades de promoción, publicidad o marketing que éste realice. En virtud de lo anterior, el Organizador del Concurso Local podrá comunicar su identidad, grabar, filmar y/o fotografiar a los ganadores, así como exhibir, reproducir y/o publicar dichas grabaciones, filmaciones o fotografías en redes sociales, sitios web o en cualquier otro medio o plataforma, ya sea audiovisual, escrito, digital o físico, sin que ello genere derecho a pago o indemnización alguna para los ganadores.

 

DÉCIMO SEXTO: Reserva de acciones.

El Organizador del Concurso Local se reserva el derecho a iniciar las acciones legales que procedan frente a cualquier irregularidad que se pueda detectar, que se haya realizado en, o con ocasión del presente Concurso Local.

 

DÉCIMO SÉPTIMO: Ley aplicable y jurisdicción.

Toda relación que en virtud de este Concurso Local se genere entre cualquiera de los Participantes y el Organizador del Concurso Local, se regirá con total sujeción a las leyes de la República de Chile y serán competentes para dirimir cualquier controversia o procedimiento legal los Tribunales Ordinarios de Justicia de la ciudad de Santiago, cualquiera sea la causa de la acción o el reclamo, con renuncia expresa de los Participantes del Concurso Local a cualquier otra jurisdicción que pudiera corresponderles.

 

DÉCIMO OCTAVO: Consultas y reclamos.

Las consultas o reclamos que requieran presentar los Participantes, que se refieran al presente Concurso Local, deberán ser dirigidas al correo electrónico contacto@omoda.cl.

 

PUBLICIDAD DE LAS PRESENTES BASES: Se deja constancia que copia del presente documento serán en la página web de Omoda:
https://omoda.cl/wp-content/uploads/2025/02/BASES-LEGALES-WHAT-IS-OMODA.pdf

Para todos los efectos relacionados con este concurso se fija domicilio en la ciudad y comuna de Santiago.

 

p.p. CHERY OMODA&JAECOO MOTOR SPA

BASES DEL CONCURSO

“GANA ENTRADAS PARA FIESTA ONE (9 DE ENERO DE 2025) CON OMODA”

En Santiago de Chile, a 7 de enero de 2025, CHERY OMODA&JAECOO MOTOR SpA, Rol Único Tributario N° 77.737.328-5, representada por don Cheng Zhang, Pasaporte de la República Popular de China N° EK668598, y por don Jason Wang,  Pasaporte de la República Popular de China N° EL7754213, todos domiciliados para estos efectos en Alonso de Córdova 4.355, Piso 5, Torre A, comuna de Vitacura, Región Metropolitana (en adelante el “Organizador” u “OMODA&JAECOO”), en cumplimiento de lo señalado en el artículo 36 de la Ley 19.496 sobre los Derechos de Los Consumidores, ha dispuesto el siguiente concurso de acuerdo a las bases que se establecen a continuación:

ARTÍCULO PRIMERO: OBJETO.

1.1. OMODA&JAECOO representante de la marca OMODA en Chile, ha organizado un concurso denominado “GANA ENTRADAS PARA FIESTA ONE (9 DE ENERO DE 2025) CON OMODA”, concurso a realizarse entre los días 7 de enero de 2025 y el día 8 de enero de 2025, ambos días inclusive, mediante el cual se sortearán diez entradas dobles para el evento denominado “FIESTA ONE”, el cual se llevará a cabo el día jueves 9 de enero de 2025 a las 20:00 horas en Av. San Jose María Escrivá de Balaguer N°5.600, comuna de Vitacura, Región Metropolitana (en adelante el “Evento”).  

ARTÍCULO SEGUNDO: CONTENIDO Y MECÁNICA. –

2.1. Podrán participar quienes cumplan copulativamente con las siguientes condiciones (en adelante el “Participante” o los “Participantes”):

  1.    Seguir la cuenta de @omoda.chile en Instagram; y
  2.    Comentar la publicación del concurso publicada en la cuenta de @omoda.chile en Instagram, con su emoji favorito del verano, y etiquetar a un amigo.

2.2. Sólo podrán participar los Participantes que cumplan con las bases y condiciones de admisibilidad del Evento, las cuales están disponibles en su perfil de Instagram “@one.scl”. 

2.3.  Para efectos del concurso, el Organizador se regirá por una serie de reglas acordes con la ley, la moral y las buenas costumbres, de forma tal que no permitirá que en dicho concurso o al hacer efectivo el premio, se efectúen comentarios obscenos, con contenido violento o de incitación al odio o a la violencia, falten el respeto a las personas, autoridades e instituciones, sean contrarios a la ley, a la moral o las buenas costumbres. En consecuencia, cada comentario que se trate de compartir podrá ser revisado y evaluado discrecionalmente por el Organizador considerando la prohibición anterior, de manera que luego de haberlo compartido, podría ser eliminado o bien no ser considerado para el sorteo si no cumple con los requisitos antes referidos.

2.4. Los participantes sólo pueden participar una vez. Por la sola circunstancia de participar se entiende que los Participantes autorizan y ceden a título gratuito al Organizador, la totalidad de sus derechos de autor, pudiendo este ser divulgado posteriormente, por todos los medios que el Organizador estime pertinentes mencionando al autor, en medios tales como fotografías o videos, sin que por ello se devenguen pagos o compensaciones de ninguna especie a su autor. Las fotos, videos, comentarios o cualquier otra divulgación pública de los Participantes relativo a la participación en el concurso podrán permanecer publicados en redes sociales u otros medios públicos durante todo el período de vigencia del concurso e incluso con posterioridad, a criterio del Organizador. En todo caso, el Organizador se reserva el derecho de retirar cualquier comentario a su criterio exclusivo. 

2.5. El Participante ganador o ganadores deberán entregar al Organizador los siguientes datos: 

  • Nombre completo. 
  • Cédula de identidad o RUT. 
  • Correo electrónico. 
  • Teléfono de contacto. 
  • Cuenta de Instagram. 

2.6. Sólo podrán participar quienes cumplan los requisitos descritos en estas bases y las acepten sin reserva alguna, quedando descartados automáticamente quienes no cumplan con uno o algunos de estos requisitos.

ARTÍCULO TERCERO: Premios. 

3.1. El premio consistirá en diez (10) entradas dobles al Evento (en adelante el “Premio”), categoría general.

3.2. En caso alguno se podrá ganar dos veces el Premio. 

3.3. En virtud de lo señalado en la cláusula 3.1. anterior, los ganadores recibirán como Premio dos entradas individuales que les permitirá asistir al Evento, categoría general. 

3.4. Ítems no incluidos en el premio: 

  • Seguro de accidente. 
  • Traslado al evento. 
  • Implementos. 
  • Cualquier otro gasto que no sea considerado expresamente en el premio. 


ARTÍCULO CUARTO: Mecánica y Sorteo. 

4.1. El período de participación será desde el día 7 de enero de 2025 hasta el día 8 de enero de 2025, hasta las 17:00 pm, ambos días inclusive.

4.2. Se deja expresa constancia que el ganador será escogido el día 8 de enero de 2025, luego de cerrado el período de participación. 

4.3. El sorteo se realizará mediante tómbola electrónica con todos los participantes que cumplan con los requisitos señalados en el artículo segundo anterior, delante de tres testigos, de lo cual se levantará un acta. 

4.4. El mismo día 8 de enero de 2025 se publicarán a los ganadores en el perfil de @omoda.chile en Instagram. 

4.5. Los ganadores serán contactados por el Organizador mediante email, llamada o vía Instagram para recibir su premio el mismo día 8 de enero de 2025, entre las 17:00 pm y las 19:00 pm.

ARTÍCULO QUINTO: Entrega del premio. 

5.1. El Premio será entregado, previa confirmación fidedigna por parte del Organizador de los datos del respectivo posible ganador y el cabal cumplimiento de las presentes bases, previo a la entrega del Premio, mediante la exhibición de su cédula nacional de identidad o pasaporte vigente. El ganador que no pudiere acreditar indubitablemente su identidad al Organizador dentro del mismo día del sorteo en el horario requerido (hasta las 19:00 pm), se entenderá que el ganador no fue habido.

5.2. Una vez confirmado los ganadores, el Organizador tiene la facultad de dejar nulo el premio en los siguientes casos:  

a. Que uno de los ganadores no se ponga en contacto con el Organizador en los plazos indicados por éste.

b. Que uno de los ganadores no cumpla con los demás requisitos de las bases.

c. Que uno de los ganadores no presente la documentación necesaria exigida por el Organizador. 

d. En el evento que el organizador del Evento lo suspenda, aplace y/o lo cancele.

5.3. Los ganadores deberán canjear el premio el mismo día del Evento, de la manera que el Organizador le señalará. De lo contrario, perderán todo derecho al respectivo premio.

5.4. No habiendo sido contactados los ganadores, se extinguirán las obligaciones que al Organizador le correspondiere en cuanto a la entrega del premio y declarará desierto el concurso.

5.5. Para la entrega del premio, será necesario que los ganadores cuenten con los documentos exigidos y los faciliten al Organizador. 

ARTÍCULO SEXTO: Duración y extensión territorial. –

6.1. La vigencia del concurso será entre el día 7 de enero de 2025 hasta el día 8 de enero de 2025 hasta las 17:00 pm, ambas fechas inclusive.

6.2. El concurso será válido solamente si el participante cumple con las reglas pactadas.

ARTÍCULO SÉPTIMO: Restricciones. –

7.1. Solo podrá ganar quien cumpla con los requisitos establecidos en las presentes bases y resida dentro del territorio de la República de Chile.

7.2. Los ganadores no podrán exigir su premio en dinero o especies u otro equivalente distintas al premio señalado en la cláusula tercera precedente. Tampoco en otras fechas que las mencionadas en este concurso. Ni solicitar reembolso en caso de suspensión indefinida del Evento. 

7.3. El Organizador no se responsabiliza por la pérdida, extravío, robo, hurto o cualquier tipo de daño, que pudieran sufrir los ganadores o el Premio durante la realización de la fiesta o en el trayecto a ella. 

7.4. El Premio no es cedible y es intransferible, a ningún título.

7.5. El Organizador no se responsabiliza por algún robo, hurto, extravió daños a terceros o que terceros puedan ocasionarles a los ganadores y/o su acompañante por la utilización del Premio.

7.6. Será responsabilidad de los ganadores utilizar, aplicar y/o destinar el Premio que reciba al uso, goce y destino que naturalmente le correspondan.

ARTÍCULO OCTAVO: Exclusiones.

8.1. Quedan excluidos de participar en el concurso:

i. Accionistas o socios que tengan participación del capital social, directores, administrativos, altos ejecutivos de las empresas pertenecientes al Grupo OMODA&JAECOO; el personal de sala de los establecimientos comerciales en que desarrolla materialmente el concurso y el personal involucrado de la agencia de publicidad, agencia de promociones y/o auspiciadores del concurso, si las hubieren; y el personal dependiente de contratistas o empresas externas que presten servicios a los anteriores o al Organizador con el objeto de desarrollar y/o ejecutar el concurso.

ii. Cualquier persona que haya participado directamente en la preparación, desarrollo y/o ejecución del presente concurso.

iii. Personal de Chery Omoda&Jaecoo Motor SpA.

ARTÍCULO NOVENO: Disposiciones finales. 

9.1. Modificaciones: Siempre que no importe una alteración sustancial, disminución y/o menoscabo en las condiciones esenciales del concurso, el Organizador podrá modificar su duración, lugar y fechas del sorteo, premios y demás características y condiciones de la misma, lo que será comunicado oportunamente mediante el mismo sistema para publicitar las presentes bases.

9.2. Reserva de acciones: El Organizador se reserva el derecho de iniciar las acciones legales que procedan en caso de detectar irregularidades durante el concurso, incluyendo, pero no limitando a falsificación o adulteración de datos.

9.3. Indemnidad: El Organizador no será responsable por los daños y perjuicios que pudieran sufrir los Participantes o terceros en su persona, derechos de imagen o bienes, con motivo o en ocasión del concurso, declinando todo tipo de responsabilidad contractual y/o extracontractual frente al Participante o terceros, lo que es aceptado incondicionalmente por éstos. Los Participantes o ganadores serán responsables exclusivos por la utilización del Premio y sus consecuencias, y deberán hacerse cargo de los costos, gastos, e impuestos aplicables al Premio, si hubiera alguno, no pudiendo reclamar al Organizador ningún pago en ese concepto ni de ningún desembolso que debieran realizar a fin de acceder al Premio. El Organizador no será responsable por desperfectos técnicos e informáticos y/o por errores humanos o acciones deliberadas de terceros que pudieran interrumpir o alterar el desarrollo del concurso y tampoco por el funcionamiento o accesibilidad a Instagram ni por errores de sistema o fallas de cualquier índole en los equipos de computación, móviles o cualquiera otro.

9.4. El registro y participación en el presente concurso, la autorización del uso de sus datos personales se efectúa conforme a lo dispuesto en la ley 19.628 Sobre Protección de la Vida Privada. El titular de los datos personales tiene la facultad de ejercer el derecho de acceso a los mismos en forma gratuita. El Organizador será el responsable del tratamiento y seguridad de los Datos Personales. El Organizador recopilará todos los Datos Personales ingresados, en un archivo electrónico totalmente seguro y confidencial, y utilizará los mismos en total cumplimiento de la legislación vigente, las políticas de privacidad del Organizador, y las condiciones aquí informadas. Los datos de los Participantes que así lo hubieran solicitado al momento de entregar sus datos, serán incluidos en las Bases de datos del Organizador, para establecer perfiles determinados con fines promocionales y comerciales. El titular de los datos podrá en cualquier momento ejercer los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición a los que se refiere la ley 19.628 Sobre Protección de la Vida Privada, comunicándose vía mail a contacto@omoda.cl.

9.5. El Organizador podrá finalizar anticipadamente o postergar el concurso, así como también la elección de los ganadores y la entrega del Premio, ante razones de caso fortuito o fuerza mayor, lo que incluye Estados de Excepción Constitucional decretados en Chile, catástrofes o de índole sanitaria, entre otras. La anterior circunstancia será informada a través de Instagram, en todos los casos, oportunamente a los participantes y a quien resulte ganador, sin que se generen responsabilidades ni compensaciones de ningún tipo en favor de los participantes, del ganador, invitados o de terceros. 

PUBLICIDAD DE LAS PRESENTES BASES: Se deja constancia que copia del presente documento serán en la página web de OMODA https://omoda.cl/bases-legales/

Para todos los efectos relacionados con este concurso se fija domicilio en la ciudad y comuna de Santiago.

CHERY OMODA&JAECOO MOTOR SpA

BASES DEL CONCURSO 

“GANA UNA ESTADÍA PARA DOS PERSONAS EN HOTEL WYNDHAM  PETTRA CON OMODA&JAECOO” 

En Santiago de Chile, a 26 de diciembre de 2024, CHERY OMODA&JAECOO MOTOR  SpA, Rol Único Tributario N° 77.737.328-5, representada por don Cheng Zhang, Pasaporte  de la República Popular de China N° EK668598, y por don Jason Wang, Pasaporte de la  República Popular de China N° EL7754213, ambos domiciliados para estos efectos en  Alonso de Córdova 4.355, Piso 5, Torre A, comuna de Vitacura, Región Metropolitana (en  adelante el “Organizador” u “OMODA&JAECOO”), en cumplimiento de lo señalado en el  artículo 36 de la Ley 19.496 sobre los Derechos de Los Consumidores, ha dispuesto el  siguiente concurso de acuerdo a las bases que se establecen a continuación: 

ARTÍCULO PRIMERO: OBJETO. 

1.1. OMODA&JAECOO representante de las marcas OMODA y JAECOO en Chile, ha  organizado un concurso denominado “GANA UNA ESTADÍA PARA DOS  PERSONAS EN HOTEL WYNDHAM PETTRA CON OMODA&JAECOO”,  concurso a realizarse entre los días 26 de diciembre 2024 y el día 31 de diciembre de  2024, ambos días inclusive, mediante el cual se sorteará una estadía de 1 noche para dos  personas en el Hotel Wyndham Pettra, ubicado en Comandante Malbec N° 12851, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana (en adelante el “Hotel”)

ARTÍCULO SEGUNDO: CONTENIDO Y MECÁNICA. – 

2.1. Podrán participar quienes cumplan copulativamente con las siguientes condiciones (en  adelante el “Participante” o los “Participantes”): 

  1. Seguir la cuenta de @omoda.chile y @jaecoo.chile en Instagram; y 2. Cotizar un vehículo marca Omoda o marca Jaecoo en las páginas web www.omoda.cl y/o www.jaecoo.cl. Para cumplir con esta condición se deberá llenar el formulario web indicado en alguna de los sitios web señalados anteriormente,  aceptar los términos y condiciones, y enviar la cotización sin reserva alguna. 

2.2. Para efectos del concurso, el Organizador se regirá por una serie de reglas acordes con  la ley, la moral y las buenas costumbres, de forma tal que no permitirá que en dicho  concurso o al hacer efectivo el premio, se efectúen comentarios obscenos, con contenido  violento o de incitación al odio o a la violencia, falten el respeto a las personas,  autoridades e instituciones, sean contrarios a la ley, a la moral o las buenas costumbres. En consecuencia, cada comentario que se trate de compartir podrá ser revisado y  evaluado discrecionalmente por el Organizador considerando la prohibición anterior, de manera que luego de haberlo compartido, podría ser eliminado o bien no ser considerado  para el sorteo si no cumple con los requisitos antes referidos. 

2.3. Los participantes sólo pueden participar una vez. Por la sola circunstancia de participar  se entiende que los Participantes autorizan y ceden a título gratuito al Organizador, la  totalidad de sus derechos de autor, pudiendo este ser divulgado posteriormente, por  todos los medios que el Organizador estime pertinentes mencionando al autor, en  medios tales como fotografías o videos, sin que por ello se devenguen pagos o  compensaciones de ninguna especie a su autor. Las fotos, videos, comentarios o  cualquier otra divulgación pública de los Participantes relativo a la participación en el  concurso podrán permanecer publicados en redes sociales u otros medios públicos  durante todo el período de vigencia del concurso e incluso con posterioridad, a criterio  del Organizador. En todo caso, el Organizador se reserva el derecho de retirar cualquier  comentario a su criterio exclusivo. 

2.4. El Participante ganador deberá entregar al Organizador los siguientes datos:  

- Nombre completo.  

- Cédula de identidad o RUT.  

- Correo electrónico.  

- Teléfono de contacto.  

- Cuenta de Instagram.  

2.5. Sólo podrán participar quienes cumplan los requisitos descritos en estas bases y las  acepten sin reserva alguna, quedando descartados automáticamente quienes no cumplan  con uno o algunos de estos requisitos. 

ARTÍCULO TERCERO: Premios.  

3.1. El premio consistirá en una estadía de una noche para dos personas en el Hotel (en  adelante el “Premio”). El Check in es a las 15:00 horas y el check out es a las 12:00  horas. Fuera de los horarios indicados el Hotel se reserva el derecho a cobrar cargos  adicionales 

3.2. El alojamiento en el Hotel incluye: 

3.2.1. Alojamiento de una noche. 

3.2.2. Una habitación estándar para dos personas. 

3.2.3. Un trago de bienvenida a cada persona.  

3.2.4. Utilizar circuito de piscinas, sauna y vapor.  

3.2.5. Utilizar “masaje armony”, esto es, terapia personalizada que incluye todo el cuerpo  con una duración de 30 minutos para cada uno.

3.2.6. Cena para dos personas que incluye entrada, plato principal, postre y un bebestible.  3.2.7. Wi-fi. 

3.3. El alojamiento en el Hotel no incluye: 

3.3.1. Almuerzos y cenas distintos a los señalados previamente.  

3.3.2. Room service.  

3.3.3. Cualquier otro ítem no especificado con anterioridad.  

3.3.4. Traslado al Hotel.  

3.4. Ítems no incluidos en el Premio:  

3.4.1. Seguro de accidente.  

3.4.2. Traslado al Hotel.  

3.4.3. Implementos.  

3.4.4. Cualquier otro gasto que no sea considerado expresamente en el premio.  

3.5. Condiciones del Premio:  

3.5.1. No se permiten cambios de fecha, modificaciones, ni devoluciones, una vez  confirmada la reserva del Hotel.  

3.5.2. El ganador tendrá que respetar las reglas del Hotel para el check in y check out. El  Check in es a las 15:00 horas y el check out es a las 12:00 horas. Fuera de los horarios  indicados el Hotel se reserva el derecho a cobrar cargos adicionales. 

3.5.3. Las condiciones del Hotel son de su exclusiva responsabilidad, no teniendo el  Organizador responsabilidad alguna en la utilización de tales servicios o  cancelaciones ante el incumplimiento de las normas del Hotel, por lo que cualquier  eventual responsabilidad deberá hacerse valer ante ellos.  

3.5.4. El premio sólo incluye estacionamiento en caso de que haya disponibilidad al  momento de que el ganador y su acompañante haga check in, en caso alguno se  entenderá parte del Premio.  

ARTÍCULO CUARTO: Mecánica y Sorteo.  

4.1. El período de participación será desde el día 26 de diciembre de 2024 hasta el día 31 de  diciembre de 2024, hasta las 23:59 pm, ambos días inclusive. 

4.2. Se deja expresa constancia que el ganador será escogido el día 2 de enero de 2025.  

4.3. El sorteo se realizará mediante tómbola electrónica con todos los participantes que  cumplan con los requisitos señalados en el artículo segundo anterior, delante de tres  testigos, de lo cual se levantará un acta.

4.4. El mismo día 2 de enero de 2025 se publicará al ganador en los perfiles de @omoda.chile  y @jaecoo.chile en Instagram.  

4.5. El ganador será contactado por el Organizador mediante email, llamada o vía Instagram  para recibir su premio el mismo día 2 de enero de 2025, entre las 12:00 pm y las 18:00  pm. 

ARTÍCULO QUINTO: Entrega del premio.  

5.1. El Premio será entregado, previa confirmación fidedigna por parte del Organizador de  los datos del respectivo posible ganador y su acompañante, y el cabal cumplimiento de  las presentes bases, previo a la entrega del Premio, mediante la exhibición de sus cédulas nacional de identidad o pasaporte vigente superior a seis meses. El ganador que no  pudiere acreditar indubitablemente su identidad al Organizador dentro de los 5 días  siguientes a través del medio que el Organizador le indique se entenderá que el ganador no fue habido.  

5.2. Una vez confirmado el ganador, el Organizador tiene la facultad de dejar nulo el premio  en los siguientes casos:

a. Que el ganador no se ponga en contacto con el Organizador en los plazos indicados  por éste.

b. Que el ganador no cumpla con los demás requisitos de las bases.

c. Que el ganador no presente la documentación necesaria exigida por el Organizador.

d. En el evento que el Hotel cierre por cualquier motivo. 

5.3. El ganador deberá canjear el Premio desde el día 2 de enero de 2025 hasta el día 28 de  febrero de 2025, ambos días inclusive. El procedimiento para canjear el Premio lo  señalará el Organizador en la oportunidad correspondiente. En el caso de que el ganador  no canjee el Premio dentro del plazo señalado anteriormente, es decir, dentro del 2 de  enero de 2025 hasta el día 28 de febrero de 2025 (ambos días inclusive), perderá todo  derecho al respectivo Premio. 

5.4. No habiendo sido contactado el ganador, se extinguirán las obligaciones que al  Organizador le correspondiere en cuanto a la entrega del premio y declarará desierto el  concurso. 

5.5. Para la entrega del premio, será necesario que el ganador cuente con los documentos  exigidos y los faciliten al Organizador. 

ARTÍCULO SEXTO: Duración y extensión territorial. – 

6.1. La vigencia del concurso será entre el 26 de diciembre hasta el 31 de diciembre de 2024 hasta las 23:59 pm, ambas fechas inclusive. 

6.2. El concurso será válido solamente si el participante cumple con las reglas pactadas. ARTÍCULO SÉPTIMO: Restricciones. – 

7.1. Solo podrá ganar quien cumpla con los requisitos establecidos en las presentes bases y  resida dentro del territorio de la República de Chile. 

7.2. El ganador no podrá exigir su premio en dinero o especies u otro equivalente distintas  al premio señalado en la cláusula tercera precedente. Tampoco en otras fechas que las  mencionadas en este concurso. Ni solicitar reembolso en caso de cierre o suspensión  indefinida del Hotel.  

7.3. El Organizador no se responsabiliza por la pérdida, extravío, robo, hurto o cualquier tipo  de daño, que pudieran sufrir el ganador o el Premio durante el uso del Premio o en el  trayecto a ella.  

7.4. El Premio no es cedible y es intransferible, a ningún título. 

7.5. El Organizador no se responsabiliza por algún robo, hurto, extravió daños a terceros o  que terceros puedan ocasionarles al ganador y/o su acompañante por la utilización del  Premio. 

7.6. Será responsabilidad del ganador utilizar, aplicar y/o destinar el Premio que reciba al  uso, goce y destino que naturalmente le correspondan. 

ARTÍCULO OCTAVO: Exclusiones. 

8.1. Quedan excluidos de participar en el concurso:

i. Accionistas o socios que tengan participación del capital social, directores,  administrativos, altos ejecutivos de las empresas pertenecientes al Grupo  OMODA&JAECOO; el personal de sala de los establecimientos comerciales en que  desarrolla materialmente el concurso y el personal involucrado de la agencia de  publicidad, agencia de promociones y/o auspiciadores del concurso, si las hubieren; y el personal dependiente de contratistas o empresas externas que presten servicios  a los anteriores o al Organizador con el objeto de desarrollar y/o ejecutar el concurso.

ii. Cualquier persona que haya participado directamente en la preparación, desarrollo  y/o ejecución del presente concurso. 

iii. Personal de Chery Omoda&Jaecoo Motor SpA. 

ARTÍCULO NOVENO: Disposiciones finales.  

9.1. Modificaciones: Siempre que no importe una alteración sustancial, disminución y/o  menoscabo en las condiciones esenciales del concurso, el Organizador podrá modificar  su duración, lugar y fechas del sorteo, premios y demás características y condiciones de  la misma, lo que será comunicado oportunamente mediante el mismo sistema para  publicitar las presentes bases. 

9.2. Reserva de acciones: El Organizador se reserva el derecho de iniciar las acciones  legales que procedan en caso de detectar irregularidades durante el concurso,  incluyendo, pero no limitando a falsificación o adulteración de datos. 

9.3. Indemnidad: El Organizador no será responsable por los daños y perjuicios que  pudieran sufrir los Participantes o terceros en su persona, derechos de imagen o bienes,  con motivo o en ocasión del concurso, declinando todo tipo de responsabilidad  contractual y/o extracontractual frente al Participante o terceros, lo que es aceptado  incondicionalmente por éstos. Los Participantes o ganador serán responsables  exclusivos por la utilización del Premio y sus consecuencias, y deberán hacerse cargo  de los costos, gastos, e impuestos aplicables al Premio, si hubiera alguno, no pudiendo  reclamar al Organizador ningún pago en ese concepto ni de ningún desembolso que  debieran realizar a fin de acceder al Premio. El Organizador no será responsable por  desperfectos técnicos e informáticos y/o por errores humanos o acciones deliberadas de  terceros que pudieran interrumpir o alterar el desarrollo del concurso y tampoco por el  funcionamiento o accesibilidad a Instagram ni por errores de sistema o fallas de  cualquier índole en los equipos de computación, móviles o cualquiera otro. 

9.4. El registro y participación en el presente concurso, la autorización del uso de sus datos  personales se efectúa conforme a lo dispuesto en la ley 19.628 Sobre Protección de la  Vida Privada. El titular de los datos personales tiene la facultad de ejercer el derecho de  acceso a los mismos en forma gratuita. El Organizador será el responsable del  tratamiento y seguridad de los Datos Personales. El Organizador recopilará todos los  Datos Personales ingresados, en un archivo electrónico totalmente seguro y  confidencial, y utilizará los mismos en total cumplimiento de la legislación vigente, las políticas de privacidad del Organizador, y las condiciones aquí informadas. Los datos  de los Participantes que así lo hubieran solicitado al momento de entregar sus datos,  serán incluidos en las Bases de datos del Organizador, para llevar a buen fin su  participación en este concurso, establecer perfiles determinados con fines promocionales  y comerciales. Dicho datos serán conservados durante el tiempo que dure el  consentimiento, o en su caso, el tiempo legal establecido para cada una de las  obligaciones legales que deriven de los tratamientos para los que se ha consentido. Se le  informa del posible tratamiento de las imágenes y sonidos, en diferentes aplicaciones y  formatos, Ud. cede en exclusiva a las entidades organizadoras el uso de su imagen y/o  voz, tomadas en este acto, de forma gratuita, sin limitación ni restricción de ninguna  clase. Activar voluntariamente su cámara y/o micrófono se entiende como acto  afirmativo, y por lo tanto, consentimiento para estos tratamientos. Se le informa que los  mismos serán cedidos en los casos que exista una obligación legal. Asimismo, se le  informa que podrán ser cedidos a los demás organizadores, si los hubiera, así como a  patrocinadores y colaboradores del concurso, a efectos de mantenerle informado sobre  sus productos o servicios. Se le informa de la posibilidad de retirar su consentimiento  en cualquier momento, lo que no afectará a los tratamientos anteriores a la misma. El  titular de los datos podrá en cualquier momento ejercer los derechos de Acceso,  Rectificación, Cancelación y Oposición a los que se refiere la ley 19.628 Sobre  Protección de la Vida Privada, comunicándose vía mail a contacto@omoda.cl

9.5. El Organizador podrá finalizar anticipadamente o postergar el concurso, así como  también la elección del ganador y la entrega del Premio, ante razones de caso fortuito o  fuerza mayor, lo que incluye Estados de Excepción Constitucional decretados en Chile,  catástrofes o de índole sanitaria, entre otras. La anterior circunstancia será informada a  través de Instagram, en todos los casos, oportunamente a los participantes y a quien  resulte ganador, sin que se generen responsabilidades ni compensaciones de ningún tipo  en favor de los participantes, del ganador, invitados o de terceros.  

PUBLICIDAD DE LAS PRESENTES BASES: Se deja constancia que copia del presente  documento serán en la página web de OMODA https://omoda.cl/bases-legales/ 

Para todos los efectos relacionados con este concurso se fija domicilio en la ciudad y comuna  de Santiago. 

CHERY OMODA&JAECOO MOTOR SpA

BASES DEL CONCURSO 

“GANA ENTRADAS PARA FIESTA ONE (AÑO NUEVO) CON OMODA” 

En Santiago de Chile, a 20 de diciembre de 2024, CHERY OMODA&JAECOO MOTOR  SpA, Rol Único Tributario N° 77.737.328-5, representada por don Cheng Zhang, Pasaporte  de la República Popular de China N° EK668598, ambos domiciliados para estos efectos en  Alonso de Córdova 4.355, Piso 5, Torre A, comuna de Vitacura, Región Metropolitana (en  adelante el “Organizador” u “OMODA&JAECOO”), en cumplimiento de lo señalado en el  artículo 36 de la Ley 19.496 sobre los Derechos de Los Consumidores, ha dispuesto el  siguiente concurso de acuerdo a las bases que se establecen a continuación: 

ARTÍCULO PRIMERO: OBJETO. 

1.1. OMODA&JAECOO representante de la marca OMODA en Chile, ha organizado un  concurso denominado “GANA ENTRADAS PARA FIESTA ONE (AÑO NUEVO)  CON OMODA”, concurso a realizarse entre los días 20 de diciembre 2024 y el día 30 de diciembre de 2024, ambos días inclusive, mediante el cual se sortearán dos entradas  dobles para el evento denominado “FIESTA ONE”, el cual se llevará a cabo el día sábado 1 de enero de 2025 a las 00:30 horas en Av. San Jose María Escrivá de Balaguer  N°5.600, comuna de Vitacura, Región Metropolitana (en adelante el “Evento”)

ARTÍCULO SEGUNDO: CONTENIDO Y MECÁNICA. – 

2.1. Podrán participar quienes cumplan copulativamente con las siguientes condiciones (en  adelante el “Participante” o los “Participantes”): 

  1. Seguir la cuenta de @omoda.chile en Instagram; y 
  2. Comentar la publicación del concurso publicada en la cuenta de @omoda.chile en  Instagram, señalando qué vehículo marca Omoda te gustaría tener el año 2025, y etiquetar a un amigo. 

2.2. Sólo podrán participar los Participantes que cumplan con las bases y condiciones de admisibilidad del Evento, las cuales están disponibles en su perfil de Instagram “@one.scl”. 

2.3. Para efectos del concurso, el Organizador se regirá por una serie de reglas acordes con  la ley, la moral y las buenas costumbres, de forma tal que no permitirá que en dicho  concurso o al hacer efectivo el premio, se efectúen comentarios obscenos, con contenido  violento o de incitación al odio o a la violencia, falten el respeto a las personas,  autoridades e instituciones, sean contrarios a la ley, a la moral o las buenas costumbres. 

En consecuencia, cada comentario que se trate de compartir podrá ser revisado y  evaluado discrecionalmente por el Organizador considerando la prohibición anterior, de manera que luego de haberlo compartido, podría ser eliminado o bien no ser considerado  para el sorteo si no cumple con los requisitos antes referidos. 

2.4. Los participantes sólo pueden participar una vez. Por la sola circunstancia de participar  se entiende que los Participantes autorizan y ceden a título gratuito al Organizador, la  totalidad de sus derechos de autor, pudiendo este ser divulgado posteriormente, por  todos los medios que el Organizador estime pertinentes mencionando al autor, en  medios tales como fotografías o videos, sin que por ello se devenguen pagos o  compensaciones de ninguna especie a su autor. Las fotos, videos, comentarios o  cualquier otra divulgación pública de los Participantes relativo a la participación en el  concurso podrán permanecer publicados en redes sociales u otros medios públicos  durante todo el período de vigencia del concurso e incluso con posterioridad, a criterio  del Organizador. En todo caso, el Organizador se reserva el derecho de retirar cualquier  comentario a su criterio exclusivo. 

2.5. El Participante ganador deberá entregar al Organizador los siguientes datos:  

- Nombre completo.  

- Cédula de identidad o RUT.  

- Correo electrónico.  

- Teléfono de contacto.  

- Cuenta de Instagram.  

2.6. Sólo podrán participar quienes cumplan los requisitos descritos en estas bases y las  acepten sin reserva alguna, quedando descartados automáticamente quienes no cumplan  con uno o algunos de estos requisitos. 

ARTÍCULO TERCERO: Premios.  

3.1. El premio consistirá en dos (2) entradas dobles al Evento (en adelante el “Premio”),  categoría general. 

3.2. En caso alguno se podrá ganar dos veces el Premio.  

3.3. En virtud de lo señalado en la cláusula 3.1. anterior, los ganadores recibirán como  Premio dos entradas individuales que les permitirá asistir al Evento, categoría general.  

3.4. Ítems no incluidos en el premio:  

- Seguro de accidente.  

- Traslado al evento.  

- Implementos.

- Cualquier otro gasto que no sea considerado expresamente en el premio.

ARTÍCULO CUARTO: Mecánica y Sorteo.  

4.1. El período de participación será desde el día 20 de diciembre de 2024 hasta el día 30 de  diciembre de 2024, hasta las 12:00 pm, ambos días inclusive. 

4.2. Se deja expresa constancia que el ganador será escogido el día 30 de diciembre de 2024,  luego de cerrado el período de participación.  

4.3. El sorteo se realizará mediante tómbola electrónica con todos los participantes que  cumplan con los requisitos señalados en el artículo segundo anterior, delante de tres  testigos, de lo cual se levantará un acta. 

4.4. El mismo día 30 de diciembre de 2024 se publicará a los dos ganadores en el perfil de  @omoda.chile en Instagram.  

4.5. Los ganadores serán contactados por el Organizador mediante email, llamada o vía  Instagram para recibir su premio el mismo día 30 de diciembre de 2024, entre las 12:00  pm y las 18:00 pm. 

ARTÍCULO QUINTO: Entrega del premio.  

5.1. El Premio será entregado, previa confirmación fidedigna por parte del Organizador de  los datos del respectivo posible ganador y el cabal cumplimiento de las presentes bases,  previo a la entrega del Premio, mediante la exhibición de su cédula nacional de identidad  o pasaporte vigente. El ganador que no pudiere acreditar indubitablemente su identidad  al Organizador dentro del mismo día del sorteo en el horario requerido (hasta las 18:00  pm), se entenderá que el ganador no fue habido. 

5.2. Una vez confirmado los ganadores, el Organizador tiene la facultad de dejar nulo el  premio en los siguientes casos:  

  1. Que uno de los ganadores no se ponga en contacto con el Organizador en los plazos  indicados por éste. 
  2. Que uno de los ganadores no cumpla con los demás requisitos de las bases. c. Que uno de los ganadores no presente la documentación necesaria exigida por el  Organizador.  
  3. En el evento que el organizador del Evento lo suspenda, aplace y/o lo cancele

5.3. Los ganadores deberán canjear el premio el mismo día del Evento, de la manera que el  Organizador le señalará. De lo contrario, perderán todo derecho al respectivo premio.

5.4. No habiendo sido contactados los ganadores, se extinguirán las obligaciones que al  Organizador le correspondiere en cuanto a la entrega del premio y declarará desierto el  concurso. 

5.5. Para la entrega del premio, será necesario que los ganadores cuenten con los documentos  exigidos y los faciliten al Organizador.  

ARTÍCULO SEXTO: Duración y extensión territorial. – 

6.1. La vigencia del concurso será entre el 20 de diciembre hasta el 30 de diciembre de 2024 hasta las 12:00 pm, ambas fechas inclusive. 

6.2. El concurso será válido solamente si el participante cumple con las reglas pactadas.

ARTÍCULO SÉPTIMO: Restricciones. – 

7.1. Solo podrá ganar quien cumpla con los requisitos establecidos en las presentes bases y  resida dentro del territorio de la República de Chile. 

7.2. Los ganadores no podrán exigir su premio en dinero o especies u otro equivalente  distintas al premio señalado en la cláusula tercera precedente. Tampoco en otras fechas  que las mencionadas en este concurso. Ni solicitar reembolso en caso de suspensión  indefinida del Evento.  

7.3. El Organizador no se responsabiliza por la pérdida, extravío, robo, hurto o cualquier tipo  de daño, que pudieran sufrir los ganadores o el Premio durante la realización de la fiesta  o en el trayecto a ella.  

7.4. El Premio no es cedible y es intransferible, a ningún título. 

7.5. El Organizador no se responsabiliza por algún robo, hurto, extravió daños a terceros o  que terceros puedan ocasionarles a los ganadores y/o su acompañante por la utilización  del Premio. 

7.6. Será responsabilidad de los ganadores utilizar, aplicar y/o destinar el Premio que reciba  al uso, goce y destino que naturalmente le correspondan. 

ARTÍCULO OCTAVO: Exclusiones. 

8.1. Quedan excluidos de participar en el concurso:

i. Accionistas o socios que tengan participación del capital social, directores,  administrativos, altos ejecutivos de las empresas pertenecientes al Grupo  OMODA&JAECOO; el personal de sala de los establecimientos comerciales en que  desarrolla materialmente el concurso y el personal involucrado de la agencia de  publicidad, agencia de promociones y/o auspiciadores del concurso, si las hubieren;  y el personal dependiente de contratistas o empresas externas que presten servicios  a los anteriores o al Organizador con el objeto de desarrollar y/o ejecutar el concurso.

ii. Cualquier persona que haya participado directamente en la preparación, desarrollo  y/o ejecución del presente concurso. 

iii. Personal de Chery Omoda&Jaecoo Motor SpA.

ARTÍCULO NOVENO: Disposiciones finales.  

9.1. Modificaciones: Siempre que no importe una alteración sustancial, disminución y/o  menoscabo en las condiciones esenciales del concurso, el Organizador podrá modificar  su duración, lugar y fechas del sorteo, premios y demás características y condiciones de  la misma, lo que será comunicado oportunamente mediante el mismo sistema para  publicitar las presentes bases. 

9.2. Reserva de acciones: El Organizador se reserva el derecho de iniciar las acciones  legales que procedan en caso de detectar irregularidades durante el concurso,  incluyendo, pero no limitando a falsificación o adulteración de datos. 

9.3. Indemnidad: El Organizador no será responsable por los daños y perjuicios que  pudieran sufrir los Participantes o terceros en su persona, derechos de imagen o bienes,  con motivo o en ocasión del concurso, declinando todo tipo de responsabilidad  contractual y/o extracontractual frente al Participante o terceros, lo que es aceptado  incondicionalmente por éstos. Los Participantes o ganadores serán responsables  exclusivos por la utilización del Premio y sus consecuencias, y deberán hacerse cargo  de los costos, gastos, e impuestos aplicables al Premio, si hubiera alguno, no pudiendo  reclamar al Organizador ningún pago en ese concepto ni de ningún desembolso que  debieran realizar a fin de acceder al Premio. El Organizador no será responsable por  desperfectos técnicos e informáticos y/o por errores humanos o acciones deliberadas de  terceros que pudieran interrumpir o alterar el desarrollo del concurso y tampoco por el  funcionamiento o accesibilidad a Instagram ni por errores de sistema o fallas de  cualquier índole en los equipos de computación, móviles o cualquiera otro. 

9.4. El registro y participación en el presente concurso, la autorización del uso de sus datos  personales se efectúa conforme a lo dispuesto en la ley 19.628 Sobre Protección de la  Vida Privada. El titular de los datos personales tiene la facultad de ejercer el derecho de acceso a los mismos en forma gratuita. El Organizador será el responsable del  tratamiento y seguridad de los Datos Personales. El Organizador recopilará todos los  Datos Personales ingresados, en un archivo electrónico totalmente seguro y  confidencial, y utilizará los mismos en total cumplimiento de la legislación vigente, las  políticas de privacidad del Organizador, y las condiciones aquí informadas. Los datos  de los Participantes que así lo hubieran solicitado al momento de entregar sus datos,  serán incluidos en las Bases de datos del Organizador, para establecer perfiles  determinados con fines promocionales y comerciales. El titular de los datos podrá en  cualquier momento ejercer los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y  Oposición a los que se refiere la ley 19.628 Sobre Protección de la Vida Privada,  comunicándose vía mail a contacto@omoda.cl

9.5. El Organizador podrá finalizar anticipadamente o postergar el concurso, así como  también la elección de los ganadores y la entrega del Premio, ante razones de caso  fortuito o fuerza mayor, lo que incluye Estados de Excepción Constitucional decretados  en Chile, catástrofes o de índole sanitaria, entre otras. La anterior circunstancia será  informada a través de Instagram, en todos los casos, oportunamente a los participantes  y a quien resulte ganador, sin que se generen responsabilidades ni compensaciones de  ningún tipo en favor de los participantes, del ganador, invitados o de terceros.  

PUBLICIDAD DE LAS PRESENTES BASES: Se deja constancia que copia del presente  documento serán en la página web de OMODA https://omoda.cl/bases-legales/ 

Para todos los efectos relacionados con este concurso se fija domicilio en la ciudad y comuna  de Santiago. 

CHERY OMODA&JAECOO MOTOR SpA

BASES DEL CONCURSO

"GANA ENTRADAS PARA FIESTA ONE CON OMODA"

En Santiago de Chile, a 11 de diciembre de 2024, CHERY OMODA&JAECOO MOTOR SpA, Rol Único Tributario N° 77.737.328-5, representada por don Cheng Zhang, Pasaporte de la República Popular de China N° EK668598, ambos domiciliados para estos efectos en Alonso de Córdova 4.355, Piso 5, Torre A, comuna de Vitacura, Región Metropolitana (en adelante el “Organizador” u “OMODA&JAECOO”), en cumplimiento de lo señalado en el artículo 36 de la Ley 19.496 sobre los Derechos de Los Consumidores, ha dispuesto el siguiente concurso de acuerdo a las bases que se establecen a continuación:

ARTÍCULO PRIMERO: OBJETO.-

1.1. OMODA&JAECOO representante de la marca OMODA en Chile, ha organizado un concurso denominado “GANA ENTRADAS PARA FIESTA ONE CON OMODA”, concurso a realizarse entre los días 11 de diciembre 2024 y el día 13 de diciembre de 2024, ambos días inclusive, mediante el cual se sorteará una invitación VIP doble para el evento denominado “FIESTA ONE”, el cual se llevará a cabo el día sábado 14 de diciembre a las 22:30 en Metropolitan Santiago ubicado en Av. San Jose María Escrivá de Balaguer N°5.600, comuna de Vitacura, Región Metropolitana (en adelante el “Evento”).

ARTÍCULO SEGUNDO: CONTENIDO Y MECÁNICA. –

2.1. Podrán participar quienes cumplan copulativamente con las siguientes condiciones (en adelante el “Participante” o los “Participantes”): 1. Seguir la cuenta de @omoda.chile;

2. Comentar la publicación del concurso y etiquetar a un amigo; y

3. Haber adquirido un vehículo marca OMODA, modelo C5 en Chile. Para demostrar la calidad de propietario del vehículo, el Participante deberá compartir a OMODA&JAECOO un certificado de anotaciones vigente del vehículo del que es propietario emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación con una vigencia no superior a 30 días, el cual deberá detallar que el Participante es propietario de un vehículo de estas características. Sin perjuicio de lo anterior, OMODA&JAECOO se reserva el derecho a pedir cualquier otro documento para corroborar la propiedad del vehículo del Participante.

2.2. Únicamente podrán participar en este concurso los hombres mayores de 26 años y las mujeres mayores de 24 años, lo cual deberá ser acreditado con cédula de identidad y/o pasaporte vigente.

2.3. Para efectos del concurso, el Organizador se regirá por una serie de reglas acordes con la ley, la moral y las buenas costumbres, de forma tal que no permitirá que en dicho concurso o al hacer efectivo el premio, se efectúen comentarios obscenos, con contenido violento o que incitación al odio o a la violencia, falten el respeto a las

personas, autoridades e instituciones, sean contrarios a la ley, a la moral o las buenas costumbres. En consecuencia, cada comentario que se trate de compartir podrá ser revisado y evaluado discrecionalmente por el Organizador considerando la prohibición anterior, de manera que luego de haberlo compartido, podría ser eliminado o bien no ser considerado para el sorteo si no cumple con los requisitos antes referidos.

2.4. Los participantes sólo pueden participar una vez. Por la sola circunstancia de participar se entiende que los Participantes autorizan y ceden a título gratuito al Organizador, la totalidad de sus derechos de autor, pudiendo este ser divulgado posteriormente, por todos los medios que el Organizador estime pertinentes mencionando al autor, en medios tales como fotografías o videos, sin que por ello se devenguen pagos o compensaciones de ninguna especie a su autor. Las fotos, videos, comentarios o cualquier otra divulgación pública de los Participantes relativo a la participación en el concurso podrán permanecer publicados en redes sociales u otros medios públicos durante todo el período de vigencia del concurso e incluso con posterioridad, a criterio del Organizador. En todo caso, el Organizador se reserva el derecho de retirar cualquier comentario a su criterio exclusivo.

2.5. El Participante ganador deberá entregar al Organizador los siguientes datos:

- Nombre completo.

- Cédula de identidad o RUT.

- Correo electrónico.

- Teléfono de contacto.

- Cuenta de Instagram.

2.6. Sólo podrán participar quienes cumplan los requisitos descritos en estas bases y las acepten sin reserva alguna, quedando descartados automáticamente quienes no cumplan con uno o algunos de estos requisitos.

ARTÍCULO TERCERO: Premios. 

3.1. El premio consistirá en una invitación doble al Evento.

3.2. Ítems no incluidos en el premio:

- Seguro de accidente.

- Traslado al evento.

- Implementos.

- Cualquier otro gasto que no sea considerado expresamente en el premio.

ARTÍCULO CUARTO: Mecánica y Sorteo. –

4.1. El período de participación será desde el día 11 de diciembre de 2024 hasta el día 13 de diciembre de 2024, hasta las 12:00 pm, ambos días inclusive.

4.2. Se deja expresa constancia que el ganador será escogido el día 13 de diciembre de 2024, luego de cerrado el período de participación.

4.3. El sorteo se realizará mediante tómbola electrónica con todos los participantes que cumplan con los requisitos señalados en el artículo segundo anterior, delante de tres testigos, de lo cual se levantará un acta.

4.4. El mismo día 13 de diciembre de 2024 se publicará al ganador en el perfil de @omoda.chile en Instagram.

4.5. El ganador será contactado por el Organizador mediante email, llamada o vía Instagram para recibir su premio el mismo día 13 de diciembre de 2024.

ARTÍCULO QUINTO: Entrega del premio. –

5.1. El premio será entregado, previa confirmación fidedigna por parte del Organizador de los datos del respectivo posible ganador y el cabal cumplimiento de las presentes bases, previo a la entrega del Premio, mediante la exhibición de su cédula nacional de identidad o pasaporte vigente. El ganador que no pudiere acreditar indubitablemente su identidad al Organizador dentro del mismo día del sorteo en el horario requerido; se entenderá que el ganador no fue habido.

5.2. Una vez confirmado el ganador, el Organizador tiene la facultad de dejar nulo el premio en los siguientes casos:

a. Que el ganador no se ponga en contacto con el Organizador en los plazos indicados por éste.

b. Que el ganador no cumpla con los demás requisitos de las bases.

c. Que el ganador no presente la documentación necesaria exigida por el Organizador.

d. En el evento que el organizador del Evento lo suspenda, aplace y/o lo cancele.

5.3. El ganador deberá canjear el premio el mismo día del Evento, de la manera que el Organizador le señalará. De lo contrario, perderán todo derecho al respectivo premio.

5.4. No habiendo sido contactado el ganador, se extinguirán las obligaciones que al Organizador le correspondiere en cuanto a la entrega del premio y declarará desierto el concurso.

5.5. Para la entrega del premio, será necesario que el ganador cuente con los documentos exigidos y los facilite al Organizador.

ARTÍCULO SEXTO: Duración y extensión territorial. –

6.1. La vigencia del concurso será entre el 11 de diciembre hasta el 13 de diciembre de 2024 hasta las 12:00 pm, ambas fechas inclusive.

6.2. El concurso será válido solamente si el participante cumple con las reglas pactadas.

ARTÍCULO SÉPTIMO: Restricciones. –

7.1. Solo podrá ganar quien cumpla con los requisitos establecidos en las presentes bases y resida dentro del territorio de la República de Chile.

7.2. El ganador no podrá exigir su premio en dinero o especies u otro equivalente distintas al premio señalado en la cláusula tercera precedente. Tampoco en otras fechas que las mencionadas en este concurso. Ni solicitar reembolso en caso de suspensión indefinida del evento.

7.3. El Organizador no se responsabiliza por la pérdida, extravío, robo, hurto o cualquier tipo de daño, que pudiera sufrir el ganador o el premio durante la realización de la fiesta o en el trayecto a ella.

7.4. El premio no es cedible y es intransferible, a ningún título.

7.5. El Organizador no se responsabiliza por algún robo, hurto, extravió daños a terceros o que terceros puedan ocasionarles al ganador y/o su acompañante por la utilización del Premio.

7.6. Será responsabilidad del ganador utilizar, aplicar y/o destinar el premio que reciba al uso, goce y destino que naturalmente le correspondan.

ARTÍCULO OCTAVO: Exclusiones.

8.1. Quedan excluidos de participar en el concurso:

i. Accionistas o socios que tengan participación del capital social, directores, administrativos, altos ejecutivos de las empresas pertenecientes al Grupo OMODA&JAECOO; el personal de sala de los establecimientos comerciales en que desarrolla materialmente el concurso y el personal involucrado de la agencia de publicidad, agencia de promociones y/o auspiciadores del concurso, si las hubieren; y el personal dependiente de contratistas o empresas externas que presten

servicios a los anteriores o al Organizador con el objeto de desarrollar y/o ejecutar el concurso.

ii. Cualquier persona que haya participado directamente en la preparación, desarrollo y/o ejecución del presente concurso.

iii. Personal de Chery Omoda&Jaecoo Motor SpA.

ARTÍCULO NOVENO: Disposiciones finales.

9.1. Modificaciones: Siempre que no importe una alteración sustancial, disminución y/o menoscabo en las condiciones esenciales del concurso, el Organizador podrá modificar su duración, lugar y fechas del sorteo, premios y demás características y condiciones de la misma, lo que será comunicado oportunamente mediante el mismo sistema para publicitar las presentes bases.

9.2. Reserva de acciones: El Organizador se reserva el derecho de iniciar las acciones legales que procedan en caso de detectar irregularidades durante el concurso, incluyendo, pero no limitando a falsificación o adulteración de datos.

9.3. Indemnidad: El Organizador no será responsable por los daños y perjuicios que pudieran sufrir los Participantes o terceros en su persona, derechos de imagen o bienes, con motivo o en ocasión del concurso, declinando todo tipo de responsabilidad contractual y/o extracontractual frente al Participante o terceros, lo que es aceptado incondicionalmente por éstos. Los Participantes o ganador serán responsables exclusivos por la utilización del premio y sus consecuencias, y deberán hacerse cargo de los costos, gastos, e impuestos aplicables al premio, si hubiera alguno, no pudiendo reclamar a el Organizador ningún pago en ese concepto ni de ningún desembolso que debieran realizar a fin de acceder al Premio. El Organizador no será responsable por desperfectos técnicos e informáticos y/o por errores humanos o acciones deliberadas de terceros que pudieran interrumpir o alterar el desarrollo del concurso y tampoco por el funcionamiento o accesibilidad a Instagram ni por errores de sistema o fallas de cualquier índole en los equipos de computación, móviles o cualquiera otro.

9.4. El registro y participación en el presente Concurso, la autorización del uso de sus datos personales se efectúa conforme a lo dispuesto en la ley 19.628 Sobre Protección de la Vida Privada. El titular de los datos personales tiene la facultad de ejercer el derecho de acceso a los mismos en forma gratuita. El Organizador será el responsable del tratamiento y seguridad de los Datos Personales. El Organizador recopilará todos los Datos Personales ingresados, en un archivo electrónico totalmente seguro y confidencial, y utilizará los mismos en total cumplimiento de la legislación vigente, las políticas de privacidad del Organizador, y las condiciones aquí informadas. Los datos de los Participantes que así lo hubieran solicitado al momento de entregar sus datos, serán incluidos en las Bases de datos del Organizador, para establecer perfiles determinados con fines promocionales y comerciales. El titular de los datos podrá en cualquier momento solicitar el retiro o bloqueo de su nombre de los bancos de datos a los que se refiere la ley 19.628 Sobre Protección de la Vida Privada, comunicándose vía mail a contacto@omoda.cl.

9.5. El Organizador podrá finalizar anticipadamente o postergar el concurso, así como también la elección del ganador y la entrega del premio, ante razones de caso fortuito o fuerza mayor, lo que incluye Estados de Excepción Constitucional decretados en Chile, catástrofes o de índole sanitaria, entre otras. La anterior circunstancia será informada, en todos los casos, oportunamente a los participantes y a quien resulte ganador, sin que se generen responsabilidades ni compensaciones de ningún tipo en favor de los participantes, del ganador, Invitados o de terceros.

PUBLICIDAD DE LAS PRESENTES BASES: Se deja constancia que copia del presente documento serán en la página web de OMODA

Para todos los efectos relacionados con este concurso se fija domicilio en la ciudad y comuna de Santiago.

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